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BOC Nº 020. Viernes 30 de Enero de 2009 - 265

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Arona (Tenerife)

265 - ANUNCIO de 11 de noviembre de 2008, relativo a la aprobación definitiva del Proyecto de Estudio de Detalle de la parcela 49 del Polígono de Actuación de El Palmar, promovido por Promotora Casas de Tenerife 3000, S.L.

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De conformidad con lo previsto en el artículo 50 del Decreto 55/2006, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, se hace público el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el día diez de octubre de dos mil ocho:

"1.- Expediente instruido en virtud de instancia presentada por D. Filip Andreas Hoste en representación de Promotora Casas Tenerife 3000, S.L. solicitando Estudio de Detalle en la parcela nº 49, sita en el Paseo Las Alondras, El Palm-mar. Acuerdos a adoptar en relación a la aprobación definitiva del Proyecto de Estudio de Detalle para la parcela nº 49 del Polígono de Actuación del ámbito territorial de El Palm-mar. Seguidamente el Secretario General dio lectura del dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente de fecha tres de octubre de 2008, relativo al expediente instruido en virtud de instancia presentada por D. Filip Andreas Hoste en representación de Promotora Casas Tenerife 3000, S.L., solicitando Estudio de Detalle en la parcela nº 49, sita en el Paseo Las Alondras, El Palm-mar, y

Visto.- El dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente de fecha 3 de octubre de 2008, del siguiente tenor literal:

"En relación con el expediente instruido por este Ayuntamiento relativo al Proyecto de Estudio de Detalle para la parcela nº 49 del Polígono de Actuación del ámbito territorial El Palm-mar, de este término municipal, promovido por la entidad mercantil Promotora Casas Tenerife 3000, S.L., representada por D. Filip Andreas Hoste, la técnico que suscribe informa:

Primero.- Con fecha 24 de junio de 2008 la Junta de Gobierno Local acordó aprobar inicialmente el proyecto de Estudio de Detalle, promovido por la entidad Promotora Casas Tenerife 3000, S.L. para la parcela nº 49 del Polígono de Actuación del ámbito territorial de El Palm-mar, de este término municipal.

Segundo.- El expediente y el Proyecto del Estudio de Detalle han permanecido expuestos al público durante el preceptivo plazo de un mes, mediante anuncios insertados en el periódico Diario de Avisos, de fecha 9 de julio de 2008; en el Boletín Oficial de la Provincia nº 136, de fecha 9 de julio de 2008 y en el tablón de edictos de esta Casa Consistorial durante los días comprendidos entre el 10 de julio al 10 de agosto de 2008, ambos inclusive, sin que durante el plazo se haya presentado ninguna observación o alegación, según se señala en el informe emitido por el Registro General, con fecha 22 de agosto, por lo que aparecen cumplimentados los trámites dispuestos en el acuerdo de aprobación inicial.

Tercero.- A la aprobación definitiva del Estudio de Detalle le resulta de aplicación lo establecido en los apartados 6 y 7 del artículo 83, por la remisión que al mismo hace el artículo 87, del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo. En cuanto al acuerdo de aprobación definitiva el mismo tendrá que publicarse en el Boletín Oficial de Canarias de conformidad con lo establecido en el artículo 50 del citado Reglamento y para la entrada en vigor el artículo 51.2 establece que los instrumentos de ordenación urbanística, previa publicación de su acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Canarias, entrarán en vigor a los 15 días hábiles de la publicación de la correspondiente normativa en el Boletín Oficial de la Provincia, como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

Además el artículo 87.2 del mismo Reglamento señala que deberá remitirse, con carácter previo a su publicación, una copia debidamente diligenciada del documento aprobado definitivamente, a la Consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de ordenación del territorio.

El artículo 53 del mismo texto legal establece que: "2. No son recurribles en vía administrativa los actos por los que se aprueben definitivamente los instrumentos de ordenación que conforman el Sistema de Planeamiento de Canarias".

Cuarto.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, según redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, corresponde al Ayuntamiento Pleno la aprobación que ponga fin a la tramitación de los instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística.

Por lo expuesto se estima que procede elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente Propuesta de Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Estudio de Detalle para la parcela nº 49 del Polígono de Actuación del ámbito territorial de El Palm-mar, de este término municipal, promovido por la entidad Casas de Tenerife 3000, S.L., que tiene por objeto la ordenación de volúmenes dentro de la citada parcela, con las determinaciones técnicas contenidas en el Proyecto Técnico redactado por los arquitectos D. Alberto Aguiar Rodríguez y D. Leonardo Omar Díaz, visado bajo el nº 76.242, de fecha 25 de septiembre de 2007, que a continuación se detalla:

"9.- SOLUCIÓN ADOPTADA.

Se ha pretendido aprovechar al máximo la topografía de esta parcela, para aprovechar su privilegiada posición frente al mar, y evitar que ninguna edificación haga de pantalla a otras no permitiéndole vistas.

Se realizarán sólo movimientos de tierra en creación de sótanos para aparcamientos y otros usos permitidos.

A estos efectos, las construcciones se escalonarán en el terreno aprovechando el máximo desnivel de la parcela, su parte central, creando ritmos que quedarán definidos por el gálibo de la altura reguladora.

Los parking que se realicen en este proyecto son al servicio de la edificación.

Ver anexos - páginas 1941-1942

El Estudio de Detalle se ajusta con los parámetros urbanísticos del planeamiento".

Segundo.- Comunicar el acuerdo junto con una copia de la Documentación Técnica, debidamente diligenciada, a la Consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de ordenación del territorio.

Tercero.- Remitir al Consejo Cartográfico de Canarias un ejemplar íntegro del Estudio de Detalle aprobado debidamente diligenciado o certificado.

Cuarto.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Canarias, así como la normativa correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia, para la entrada en vigor del mismo, siempre y cuando quede acreditado la remisión tanto a la Consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma competente en materia de ordenación del territorio como al Consejo Cartográfico de Canarias.

Quinto.- Notificar el acuerdo que se adopte a la entidad Casas de Tenerife 3000, S.L., a través de su representante D. Filip Andreas Hoste, y a la entidad propietaria de los terrenos Reyal Urbis, S.A. con expresión de los recursos oportunos."

La Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente, tras la oportuna deliberación con los votos favorables de: D. Antonio Sosa Carballo, D. Francisco Toledo Hernández, Dña. Marta Melo Melo, D. Ramón García Hernández, Dña. Candelaria Padrón González y D. Manuel Barrios Rodríguez; y la abstención de: D. José Antonio Reverón González, Dña. Aramita Padrón Hernández y Dña. Águeda Fumero Roque, eleva al Ayuntamiento Pleno aprobar la anterior Propuesta del Informe Jurídico del Servicio de Urbanismo, con el mismo tenor literal."

El Ayuntamiento Pleno, tras la oportuna deliberación, por unanimidad de todos los miembros asistentes y presentes, aprueba la anterior propuesta del dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente, con el mismo tenor literal."

Lo que se hace público para su general conocimiento significando que contra el presente acuerdo podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Arona, a 11 de noviembre de 2008.- El Alcalde Accidental, Antonio Luis Sosa Carballo.

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