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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución de fecha 14 de octubre de 2008, por la que se acuerda la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria, del expediente de responsabilidad patrimonial instado por Dña. Eloísa González Santana, a la entidad mercantil Clínica Capote, S.L., interesada en el procedimiento, con último domicilio conocido en la calle Rambla General Franco, 84, en Santa Cruz de Tenerife, se procede, conforme a lo establecido en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la publicación de este anuncio, a poner en conocimiento de la entidad mercantil Cínica Capote, S.L. que, de conformidad con lo establecido en la citada Resolución, dispone de un plazo de 9 días a fin de que pueda comparecer y personarse, mediante Procurador con poder al efecto y con firma de Abogado, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de enero de 2009.- La Secretaria General, María Lourdes Quesada Díaz.
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