BOC - 2009/029. Jueves 12 de Febrero de 2009 - 438

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

438 - Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 26 de enero de 2009, por el que se notifica la Resolución de 5 de diciembre de 2008, que desestima la solicitud formulada por D. Andrés Gamallo Borrego, en nombre y representación de la empresa Ossurten, S.L., para el incremento de diámetro de las jaulas productivas de la concesión administrativa de cultivos marinos situada frente a la Playa de Colmenares, término municipal de San Miguel de Abona (Tenerife).

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación de la citada Resolución por la que se desestima la solicitud formulada por D. Andrés Gamallo Borrego, en nombre y representación de la empresa Ossurten, S.L., para el incremento de diámetro de las jaulas productivas de la concesión administrativa de cultivos marinos situada frente a la Playa de Colmenares, término municipal de San Miguel de Abona, isla de Tenerife, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 15 de diciembre de 2008, fue registrado de salida el documento del tenor literal siguiente:

Resolución de 5 de diciembre de 2008, de la Viceconsejería de Pesca, por la que se desestima la solicitud formulada por D. Andrés Gamallo Borrego, en nombre y representación de la empresa Ossurten, S.L., para el incremento de diámetro de las jaulas productivas de la concesión administrativa de cultivos marinos situada frente a la Playa de Colmenares, término municipal de San Miguel de Abona, isla de Tenerife.

Examinado el expediente instruido a instancia de D. Andrés Gamallo Borrego, en nombre y representación de la empresa Ossurten, S.L., y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 23 de mayo de 2007 y Registro nº 624470//AGSG: 26509, tuvo entrada en la Secretaría Territorial de Pesca un escrito de D. Andrés Gamallo Borrego, en nombre y representación de la empresa Ossurten, S.L., mediante el que solicita incremento del diámetro de las jaulas productivas de la concesión administrativa de cultivos marinos de la que es titular, situada frente a la Playa de Colmenares, término municipal de San Miguel de Abona, en la isla de Tenerife.

Segundo.- Con fecha 1 de julio de 2008, mediante Resolución de esta Viceconsejería de Pesca, se declaró la extinción de la referida concesión de cultivos marinos de la que es titular la empresa Ossurten, S.L.

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- La Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias, establece en su artículo 20, apartado 2, que corresponde a los cabildos insulares: "Otorgar las concesiones y autorizaciones administrativas para el ejercicio de la actividad acuícola". No obstante, conforme a la Disposición Adicional Segunda del Decreto 182/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Pesca de Canarias, "Todas las referencias hechas a los Cabildos Insulares en la Ley 17/2003, de Pesca de Canarias y en el Reglamento que se aprueba con este Decreto en materia de acuicultura, en relación con las materias que serán objeto de transferencia, se entenderán hechas a la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de pesca, hasta el momento en que la transferencia de competencias a los Cabildos en esta materia se haga efectiva, de conformidad con el procedimiento establecido en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias".

II.- El Decreto 31/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, establece en su artículo 11.4 que "Corresponde además al Viceconsejero de Pesca el ejercicio de aquellas otras funciones específicas no atribuidas expresamente al titular del Departamento por la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto 182/2004, de 21 de diciembre, o por este Reglamento Orgánico".

Visto el Informe-Propuesta formulado por el Servicio de Estructuras Pesqueras de esta Viceconsejería en relación al citado expediente, los preceptos legales citados y demás de general y preceptiva aplicación, en uso de las atribuciones que tengo conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Desestimar la solicitud de incremento del diámetro de las jaulas productivas, formulada por D. Andrés Gamallo Borrego, en nombre y representación de la empresa Ossurten, S.L., con relación a la concesión administrativa de cultivos marinos de la que era titular, situada frente a la Playa de Colmenares, término municipal de San Miguel de Abona (Tenerife), dado que dicha concesión fue declarada extinguida mediante Resolución de fecha 1 de julio de 2008 de esta Viceconsejería de Pesca.

Segundo.- Notificar la presente Resolución al interesado, de conformidad con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, y frente a la misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.- Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de diciembre de 2008.- El Viceconsejero de Pesca, Francisco Antonio López Sánchez.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de enero de 2009.- El Viceconsejero de Pesca, Francisco Antonio López Sánchez.



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