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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife.
JUICIO: ordinario 0000953/2007.
PARTE DEMANDANTE: Sindicato de Empleados Públicos de Canarias.
PARTE DEMANDADA: D. Florencio Domingo Álvarez González y María Acacia González López.
SOBRE: de -20 demandados.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 5 de junio de 2008. Visto por D. Juan Luis Lorenzo Bragado, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife el juicio ordinario nº 953/2007 seguido en este Juzgado, entre partes, de una, como demandante, Sindicato de Empleados Públicos de Canarias, representado por la Procuradora Dña. Concepción Santana Padrón y dirigido por el Letrado D. José Francisco Felipe Concepción y de otra, como demandados, D. Florencio Domingo Álvarez González y Dña. María Acacia González López, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- Por la Procuradora expresada, en la representación que tiene acreditada, se interpuso demanda de juicio ordinario en la que después de exponer los hechos y fundamentos jurídicos que aquí se dan por reproducidos, terminaba suplicando se dictase en su día sentencia por la que se condenase a los demandados a abonar a su representada la cantidad de 74.788,73 euros, intereses y costas.
II.- Admitida a trámite la demanda, se procedió al emplazamiento de la demandada, que no compareció en autos, por lo que fue declarada en rebeldía. Celebrada la audiencia previa se desarrolló para todas sus finalidades posibles, teniendo lugar la proposición y admisión de prueba según resulta del acta extendida al efecto.
III.- No compareció ninguna de las partes al acto del juicio, señalado para el día de hoy, por lo que se declararon conclusas las actuaciones para sentencia tal como prescribe el artº. 432.2. LEC.
IV.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por Sindicato de Empleados Públicos de Canarias, representado por la Procuradora Dña. Concepción Santana Padrón, contra D. Florencio Domingo Álvarez González y Dña. María Acacia González López, en rebeldía, condeno a dichos demandados a que satisfagan a la actora, incrementada con los intereses legales desde la interpelación judicial, la cantidad de 74.788,73 euros. Todo ello con expresa imposición de costas a los demandados.
Contra esta sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, escrito que se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículos 455 y 457 de la Ley 1/2000, de 8 de enero, de Enjuiciamiento Civil).
Notifíquese esta sentencia a los demandados personalmente, en la forma prevista en el artº. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo si se hallaren en paradero desconocido, en cuyo caso la notificación se hará por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN. La precedente sentencia fue leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la dictó estando celebrando audiencia pública el mismo día de su pronunciamiento. Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 5 de enero de 2009 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Canarias.
En Santa Cruz de Tenerife, a 5 de enero de 2009.- El/la Secretario Judicial.
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