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BOC Nº 034. Jueves 19 de Febrero de 2009 - 231

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

231 - ORDEN de 12 de febrero de 2009, por la que se corrigen errores en la Orden de 23 de enero de 2009, que convoca, para el año 2009, las subvenciones destinadas a la organización de actuaciones de formación para el sector ganadero, y aprueba las bases que han de regir la misma (B.O.C. nº 24, de 5.2.09).

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Examinada la iniciativa de la Dirección General de Ganadería para corregir error en la Orden de 23 de enero de 2009, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la organización de actuaciones de formación para el sector ganadero (B.O.C. nº 24, de 5.2.09), así como la propuesta de la Secretaría General Técnica y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de 23 de enero de 2009, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, se convocan para el ejercicio 2009 las subvenciones destinadas a la organización de actuaciones de formación para el sector ganadero.

Segundo.- En el segundo párrafo del apartado 3, letra a) de la base 10 de dicha Orden de convocatoria relativa a los plazos y medios de justificación, se incluyó por error, la remisión al apartado 4 de la base 1. Dicho error se desprende de la propia comprobación de las bases reguladoras, al constatar que el apartado y la base a la que por error se hace referencia no se recoge, como quiera que, es en la base 2, apartado B), letra d) donde se establece expresamente la homologación exigida como documento justificativo de la subvención concedida.

Tercero.- En el modelo de solicitud que figura como anexo II a la presente Orden de convocatoria, se advierte error en la fecha que figura a pie de firma, debiendo señalarse el año en curso y no el año 2008, dicho error es evidente como quiera que las subvenciones que se convocan, corresponden al ejercicio 2009.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio, los errores materiales existentes en sus actos. En consecuencia y tratándose de un error material evidente, procede rectificar el existente en el segundo párrafo del apartado 3, letra a) de la base 10, así como en la fecha que figura a pie de firma en el modelo de solicitud que figura como anexo II a la Orden de convocatoria, citada.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en uso de la facultad que tengo legalmente atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Rectificar los errores materiales detectados en el segundo párrafo del apartado 3, letra a) de la base 10, y en el modelo de solicitud que figura en el anexo II de la Orden de 23 de enero de 2009, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se convocan para el ejercicio 2009, las subvenciones destinadas a la organización de actuaciones de formación para el sector ganadero, en el sentido siguiente:

En el segundo párrafo del apartado 3, letra a) de la base 10:

Donde dice:

"Asimismo, se aportará documento acreditativo de haber obtenido la homologación prevista en la base 1.4 y documentación acreditativa de la condición profesional del profesorado que imparte el curso. En el caso de profesionales de reconocido prestigio, habrá de aportarse currículum vitae de éstos."

Debe decir:

"Asimismo, se aportará documento acreditativo de haber obtenido la homologación prevista en la base 2, apartado B), letra d) y documentación acreditativa de la condición profesional del profesorado que imparte el curso. En el caso de profesionales de reconocido prestigio, habrá de aportarse currículum vitae de éstos."

En el anexo II:

Ver anexos - páginas 3266-3269

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