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El/la Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia nº 1.
HACE SABER: que en los autos que luego se dirán consta la sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:
El Sr./a. D./Dña. Reyes Margarita Quintero Fernández, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de esta capital y su Partido, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente:
AUTO
En los presentes Autos de Juicio Incidental sobre exequator aleatorio general, registrado bajo el nº 0000120/2008, en virtud de demanda formulada por D./Dña. Esteban Alberto Cabrera González, representado por el Procurador/a D./Dña. Feliciano Padrón Pérez, bajo la dirección del/de la Abogado D./Dña. Julio M. Febles Febles, contra Dña. Josefina Pacheco.
FALLO
En atención a lo expuesto, este Órgano Jurisdiccional, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido:
Estimo la demanda de exequatur presentada por el Procurador D. Feliciano Padrón Pérez, en nombre y representación de D. Esteban Alberto Cabrera González, debo declarar y declaro reconocida, válida y ejecutable en España la sentencia dictada por la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado de Vargas, en Maiquetia, Venezuela sobre Divorcio de 4/2/2005.
Una vez notificada esta resolución, anótese en el Registro Civil donde está inscrito el matrimonio y el nacimiento de los menores adjuntándose testimonio de la presente resolución y de la sentencia dictada en Venezuela.
Contra este auto no cabe recurso.
Dado en Valverde, a 16 de enero de 2009.- El/la Secretario/a.
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