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Mediante Orden de 21 de mayo de 2008, por la que se regulan las ayudas por daños en producciones e infraestructura en el sector agrario previstas en el Decreto 89/2008, de 29 de abril, de ayudas y medidas urgentes y de carácter excepcional para reparar los daños producidos por los incendios acaecidos en La Gomera (B.O.C. nº 103, de 23.5.08).
Habiéndose intentado dos veces la notificación a los interesados, relacionados en el anexo que se acompaña, por los cauces previstos a tal efecto en el artº. 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, en aplicación del artº. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada, se requiere a los interesados relacionados en el anexo que se acompaña, para que en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen y/o completen los datos que se detallan en el citado anexo, con la expresa advertencia de que si así no lo hiciesen, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artº. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de enero de 2009.-El Director General de Agricultura, Domingo Antonio Bueno Marrero.
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