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BOC Nº 039. Jueves 26 de Febrero de 2009 - 277

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

277 - ORDEN de 12 de enero de 2009, por la que se delega en diferentes órganos del Servicio Canario de la Salud el ejercicio de la competencia consistente en autorizar las ampliaciones de créditos que amparen gastos de su personal.

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La Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009, atribuye en su artículo 22.c), a los titulares de los Departamentos durante el ejercicio 2009, la competencia consistente en autorizar las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal en los supuestos a que se refieren:

El artículo 56.1.e) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

La letra h) de la relación de créditos ampliables sin cobertura, del anexo 1 de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009.

Las letras a) y b) y n) del apartado 1 de la relación de créditos ampliables con cobertura, del anexo I de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009.

Como quiera que los expedientes de ampliación de créditos para gastos de personal conllevan un conjunto de formalidades que inciden en la gestión de las nóminas, razones de eficacia aconsejan delegar en los diferentes órganos del Servicio Canario de la Salud la competencia para autorizar las ampliaciones de créditos de dicha naturaleza.

Los artículos 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevén que el ejercicio de las competencias propias pueda ser delegado en el órgano más idóneo para ello, y exigen que la delegación deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

En su virtud,

R E S U E L V O:

1º) Delegar el ejercicio de la competencia consistente en autorizar las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal, a que se refiere el artículo 22.c) de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009, en cada uno de los órganos del Servicio Canario de la Salud que a continuación se relacionan:

- En la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud para los Servicios Centrales y Direcciones de Área de Salud de cada isla.

- En la Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Canarias para su ámbito de actuación.

- En la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de la Candelaria para su ámbito de actuación.

- En la Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Gran Canaria Dr. Negrín para su ámbito de actuación.

- En la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil para su ámbito de actuación.

- En la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote para su ámbito de actuación.

- En la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Fuerteventura para su ámbito de actuación.

- En la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de La Palma para su ámbito de actuación.

- En la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de La Gomera para su ámbito de actuación.

- En la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de El Hierro para su ámbito de actuación.

- En la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Gran Canaria para su ámbito de actuación.

- En la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Tenerife para su ámbito de actuación.

2º) Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias, desde cuya fecha surtirá efectos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de enero de 2009.

LA CONSEJERA

DE SANIDAD,

María Mercedes Roldós Caballero.

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