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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- La Federación de Comercio de Tenerife interpone demanda contencioso-administrativa contra la Resolución de 28 de diciembre de 2007, del Director del Servicio Canario de Empleo, por la que se conceden subvenciones públicas para el desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación de trabajadores en materia de formación profesional continua para el período 2007, cofinanciada por el Fondo Social Europeo (B.O.C. nº 27, de 6.2.08).
Segundo.- Esta demanda se diligencia como Procedimiento Ordinario nº 0000385/2008, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6, Sección D, de Las Palmas de Gran Canaria, N.I.G. 3501645320080002286, en materia de subvenciones.
Tercero.- Por oficio del citado órgano judicial, se nos requiere la remisión del expediente administrativo y el emplazamiento de los interesados en el citado procedimiento.
Cuarto.- En cumplimiento del mandato judicial se ha procedido, de conformidad con los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a la remisión del expediente y al emplazamiento, en cumplimiento de los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre), de los interesado en el citado Procedimiento Ordinario.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. nº 167, de 14.7.98), que establece que el órgano jurisdiccional requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previsto en el artº. 49 de la precitada Ley.
Segundo.- El artículo 49.1 de la misma Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula que la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandado en el plazo de nueve días.
Vista la disposición alegada y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su actual redacción, y demás normativa de general aplicación y, en virtud de las competencias del artículo 9.1.l) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. nº 80, de 28.4.03).
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6, Sección D, de Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo relativo al Procedimiento Ordinario nº 0000385/2008, seguido a instancia de la Federación Canaria de Comercio (FEDECO).
Segundo.- Emplazar a cuantos aparezcan como interesados en el recurso contencioso-administrativo que se tramita como Procedimiento Ordinario nº 0000385/2008, en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria, para que puedan comparecer ante el citado órgano jurisdiccional, en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de diciembre de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.
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