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BOC Nº 040. Viernes 27 de Febrero de 2009 - 663

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

663 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 12 de febrero de 2009, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Dña. Josefa Rodríguez Rodríguez, del requerimiento para legalizar o restablecer recaída en el expediente I.U. 123/2000.

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No habiéndose podido practicar la notificación a Dña. Josefa Rodríguez Rodríguez, del requerimiento para legalizar o restablecer, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. Josefa Rodríguez Rodríguez el requerimiento para legalizar o restablecer de la Agencia de Protección del Medio Urbano, recaída en el expediente instruido en esta Agencia por infracción a la Ordenación Territorial con referencia I.U. 123/2000, y dice textualmente:

"Vista la denuncia formulada consistente en cerramiento y vallado con cañas, instalación de caseta de madera e instalación de estructura a modo de parral, en el lugar denominado El Acebuchal, del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, sin la preceptiva calificación territorial ni licencia urbanística exigible, de las que resultan ser presunto responsable Josefa Rodríguez Rodríguez.

Por la presente, se les requiere para que en el plazo de tres meses desde esta notificación, acrediten ante este Organismo, la retirada de los mismos o en su caso insten su legalización, mediante la solicitud de la correspondiente calificación territorial, previa a la licencia urbanística, advirtiéndole que de no cumplimentar el presente requerimiento en el plazo señalado, se incoará el oportuno expediente sancionador por infracción al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Se pone en su conocimiento, que el otorgamiento de la calificación territorial requiere solicitud del interesado ante el Ayuntamiento del lugar donde se localicen las obras, formalizada mediante documentación bastante, acreditativa de la identidad del promotor, la titularidad de derecho subjetivo suficiente sobre el terreno correspondiente, la justificación de la viabilidad y características del acto de aprovechamiento del suelo pretendido y, en su caso, de su impacto en el entorno, así como de la evaluación ecológica o ambiental y la descripción técnica suficiente de las obras e instalaciones a realizar.

Si durante la fase inicial municipal, el Ayuntamiento no emite informe en el plazo máximo de un mes, usted debe reproducir la solicitud directamente ante el Cabildo Insular."

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de febrero de 2009.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

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