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BOC Nº 043. Miércoles 4 de Marzo de 2009 - 715

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

715 - Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 4 de febrero de 2009, del Director, sobre notificación a Amadeo Plasencia Peña, de requerimiento de documentación en relación a la solicitud de subvención formulada al amparo del Decreto 12/1996, de 26 de enero, por el que se subvenciona la adquisición de determinadas viviendas de protección oficial de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias iniciadas antes de 1979.

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Habiendo intentado la notificación a Amadeo Plasencia Peña, del requerimiento de documentación correspondiente al expediente de solicitud de subvención formulada al amparo del Decreto 12/1996, de 26 de enero, para la adquisición de vivienda de protección oficial de promoción pública perteneciente al Grupo "Barrio de Vento", cuenta nº 34, término municipal de Arona, resultando infructuosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, este Instituto Canario de la Vivienda

R E S U E L V E:

Notificar a Amadeo Plasencia Peña el requerimiento de la documentación de fecha 9 de septiembre de 2008, recaído en el expediente de solicitud de subvención que le ha sido instruido, que dice textualmente:

"En relación con la instancia presentada por usted con fecha de entrada 30 de septiembre de 2003, en la que solicita la aplicación de la subvención que establece el Decreto 12/1996, de 26 de enero, a la vivienda de la que es titular en el grupo "Barrio de Vento" en Arona, cuenta nº 34, se le notifica que deberá presentar en el plazo de diez días, contado a partir del siguiente al de su notificación, la documentación que a continuación se relaciona:

Certificado expedido por el Ayuntamiento en el que se haga constar que reside de manera habitual y permanente en el domicilio al principio indicado.

Certificado negativo de poseer vivienda en propiedad, expedido por la Gerencia Territorial de Santa Cruz de Tenerife del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria de todos los miembros mayores de edad que residan en la citada vivienda.

Fotocopia de los D.N.I. de todos los miembros mayores de edad que habiten en el domicilio indicado, o en su defecto del Libro de Familia (menores de edad).

Transcurrido el plazo sin presentar la citada documentación y en virtud de lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 42 del citado texto legal.

Para cualquier aclaración contactar con la empresa contratada por este Instituto para el apoyo social de las ayudas de acceso a la propiedad, Hermanos Alonso Garrán, S.L."

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de febrero de 2009.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.

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