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Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Estudio Técnico Jurídico Forum, S.L.U., por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Director Insular de Empleo y Desarrollo de Proyectos se ha dictado Resolución, de fecha 23 de noviembre de 2007, recaída en el expediente AC 604/2007 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Icod de los Vinos y a Estudio Técnico Jurídico Forum, S.L.U. para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:
· Aplicación y cumplimiento de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas, describiendo, con la debida extensión y detalle, las características de la actividad, su posible repercusión sobre la sanidad ambiental y los sistemas correctores que habrán de utilizarse, con expresión de su grado de eficacia y garantía de seguridad.
· Aplicación y cumplimiento de la Norma Básica de la Edificación sobre Condiciones de Protección Contra Incendios NBE-CPI/96, incidiendo de manera expresa en los siguientes aspectos:
- Cálculo de la ocupación prevista tomando como valores de densidad de ocupación los que se indican en el artº. 6.
- Cálculo y descripción de la evacuación conforme al artº. 7.
- Descripción de los elementos constructivos y materiales (muros, tabiques, pilares, forjados, cubiertas, etc.) del garaje y características del comportamiento ante el fuego de éstos conforme al capítulo 3."
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de febrero de 2009.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.
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