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BOC Nº 046. Lunes 9 de Marzo de 2009 - 779

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Lanzarote

779 - ANUNCIO de 11 de febrero de 2009, sobre notificación de resolución por la que se desestima el recurso de reposición planteado en expediente sancionador por infracción a la legislación de transportes por carretera.

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Acuerdo de anulación de la providencia de fecha 9 de enero de 2009, del Consejero de Transportes y Plan Insular de Seguridad de este Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, sobre notificación de resolución por la que se desestima el recurso de reposición planteado en el expediente sancionador por infracción a la legislación de transportes por carretera.

Visto en el expediente nº GC/30137/O/2008, seguido a Rodríguez Borges, Manuel A., con C.I.F./N.I.F. nº 45550337X, por el vehículo de su propiedad matrícula GC-4315-BM, la providencia de fecha 9 de enero de 2009 dictada por el Consejero de Transportes y Plan Insular de Seguridad de este Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote sobre notificación de Resoluciones sancionadoras recaídas en procedimientos administrativos por infracción a la legislación de transportes por carretera, así como su anuncio publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 24, de 5 de febrero de 2009, interesa manifestar que dicha providencia se remite en disquete por error. La resolución por la que se desestima el recurso de reposición devino firme al haberse notificado personalmente a Rodríguez Borges, Manuel A. en fecha 16 de enero de 2009.

En virtud de lo preceptuado en el artº. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procédase a anular por lo expuesto la providencia de fecha 9 de enero de 2009, del Consejero de Transportes y Plan Insular de Seguridad de este Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, sobre notificación de resolución por la que se desestima el recurso de reposición planteado en el expediente sancionador nº GC/30137/O/2008, seguido a Rodríguez Borges, Manuel A., con C.I.F./N.I.F. nº 45550337X.

EXPEDIENTE SANCIONADOR Nº: GC/30137/0/2008; POBLACIÓN: Puerto del Rosario (Fuerteventura); TITULAR/PRESUNTO RESPONSABLE: Rodríguez Borges, Manuel A.; N.I.F./C.I.F.: 45550337X; MATRÍCULA DEL VEHÍCULO DENUNCIADO: GC-4315-BM; HECHO INFRACTOR, LUGAR Y FECHA: como consecuencia de la denuncia nº 06058/08 formulada por el Agente de la Guardia Civil de Tráfico nº G00154G, de fecha 9 de abril de 2008 (17,05,00), en la vía LZ-2, km 18,000, dirección Playa Blanca (donde se hacen constar los hechos que se imputan y que motivan la incoación del presente procedimiento), y de las actuaciones practicadas se aprecia la comisión de una infracción a la normativa reguladora de los transportes terrestres, consistente en circular con el vehículo transportando de Arrecife a Playa Blanca material, repuestos de vehículos, tubos de aluminio y hormigoneras, careciendo del documento de control que regula la Orden del Ministerio de Fomento nº 238/03; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 105.19 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias; artº. 141.19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artº. 198.19 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (modificado parcialmente por el Real Decreto 1.225/2006, de 27 de octubre) O. FOM 238/2003, de 31 de enero (B.O.E. de 13.2), por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de mercancías por carretera; CUANTÍA DE LA SANCIÓN: cuatrocientos un (401) euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 108.d) de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias; artº. 143.1.d) de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre); y artº. 201.1.d) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (modificado parcialmente por Real Decreto 1.225/2006, de 27 de octubre), quedando calificada como grave.

Arrecife, a 11 de febrero de 2009.- El Consejero de Transportes y Plan Insular de Seguridad, Ramón Bermúdez Benasco.

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