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BOC Nº 047. Martes 10 de Marzo de 2009 - 786

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

786 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 16 de febrero de 2009, por el que se notifica a D. Juan Miguel Barrera Rodríguez, la Resolución de incoación de expediente sancionador nº 11/2009, por presunta infracción a la normativa sobre el juego.

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Se hace saber a D. Juan Miguel Barrera Rodríguez, que se encuentra en ignorado paradero, que con fecha 2 de febrero de 2009, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente: "Resolución del Director General de Administración Territorial y Gobernación por la que se inicia expediente sancionador a D. Juan Miguel Barrera Rodríguez, con D.N.I. 44.319.055-X, por presunta infracción a la normativa sobre el juego.

Vista la Diligencia nº 0032/2009, de fecha 13 de enero de 2009, levantada por la Policía Local de Mogán, y derivándose de la misma, posibles infracciones a la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas (B.O.C. n º 42, de 7.4.99).

Teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Con fecha 12 de enero de 2009, fue levantada denuncia por Agente de la Policía Local de Mogán, con número de identificación 6142, haciendo constar los siguientes hechos:

FECHA, HORA Y LUGAR DE COMISIÓN DE LOS HECHOS:

"A las 17,15 horas del día 12 de enero de 2009, en el paseo subterráneo situado entre las calles Juan Díaz Rodríguez y Avenida Tomás Roca Bosch, en el término municipal de Mogán.

HECHOS:

Realizar la actividad prohibida denominada "Juego del trile" consistente en la realización de apuestas utilizando para ello dinero en efectivo en plena vía pública careciendo de la correspondiente autorización administrativa.

En consecuencia, se procede por los funcionarios a la identificación de los implicados (reseñados a continuación), así como a la intervención de los objetos propios del ejercicio del juego siendo una caja de cartón, tres papas cortadas por la mitad y una bolita de goma espuma, además de la cantidad monetaria utilizada para dicho juego, siendo un total de 75 euros, fraccionados en 1 billete de 50 euros, 1 billete de 20 euros y un billete de 5 euros, los cuales se adjuntan al presente.

Es por ello que los hechos pudieran ser constitutivos de infracción al artículo 26, apartado a), de la Ley Territorial 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 42.

DENUNCIADOS:

D. Gustavo López Montes, con D.N.I. 78.486.205-Q, nacido en Las Palmas de Gran Canaria el día 2 de septiembre de 1975 y con domicilio en calle Málaga, 49, 4, 10, Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).

D. José Gómez Vázquez, con D.N.I. 37.338.524-W, nacido en Málaga el día 11 de noviembre de 1960 y con domicilio en calle Princesa Arminda, 2, 2, San Fernando de Maspalomas (San Bartolomé de Tirajana).

D. Antonio Ochando Mancera, con D.N.I. 24.771.170-D, nacido en Málaga el día 8 de mayo de 1984 y con domicilio en calle Ramblas de Jinámar, bloque 1, 3º B, Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).

D. José Ruiz León, con D.N.I. 01.606.040-L, nacido en Córdoba el día 11 de enero de 1942 y con domicilio en calle Lectoral Feo Ramos, 16, 3 B, Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).

D. Juan Miguel Barrera Rodríguez, con D.N.I. 44.319.055-X, nacido en Las Palmas de Gran Canaria el día 25 de febrero de 1975 y con domicilio en calle Málaga, 32, P04, D, Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).

Dña. María Vanesa Betancor Hernández, con D.N.I. 78.516.706-L, nacida en Las Palmas de Gran Canaria el día 7 de abril de 1982 y con domicilio en calle Málaga, 36, 13, P08-C, Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).

D. Jonatan Ramón Barrera Rodríguez, con D.N.I. 78.506.613-T, nacido en Las Palmas de Gran Canaria el día 10 de agosto de 1978 y con domicilio en calle Córdoba, 11, 10 P 03 C, Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).

D. Carlos David Ramírez Díaz, con D.N.I. 78.493.508-M, nacido en Las Palmas de Gran Canaria el día 4 de noviembre de 1980 y con domicilio en calle Luis Benítez Inglott, 24, Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).

D. Miguel Barrera Santos, con D.N.I. 42.733.771-R, nacido en Las Palmas de Gran Canaria el día 21 de enero de 1952 y con domicilio en calle San Cristóbal de La Laguna, 56, Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).

Lo que informamos a Vd. para su conocimiento y efectos que en procedencia estime oportunos, remitiendo a esta Unidad, si lo estima conveniente, acuse de recibo de la denuncia cursada, así como resolución de la misma".

CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LOS HECHOS

Primera.- En primer lugar, el artículo 2.1.a) y d) de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas, incluye en el ámbito de aplicación de la Ley a "Las actividades de juegos y apuestas, entendiéndose como tales, a los efectos de la presente Ley, aquellas en las que se arriesgan, entre partes, a ganar o perder cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables, sobre el resultado de un acontecimiento incierto, ya intervenga la habilidad o destreza de los participantes o exclusivamente la suerte o el azar, ya se produzca el resultado mediante la utilización de aparatos automáticos o con la única intervención de la actividad humana" y "Las personas que intervengan en la gestión, explotación y práctica de los juegos y apuestas".

En segundo lugar, el artículo 4 de la citada Ley 6/1999, de 26 de marzo, establece que "Queda prohibida la gestión, explotación y práctica de todos los juegos y apuestas que no estén permitidos por esta Ley ni incluidos en el Catálogo de Juegos y Apuestas de Canarias, o la de aquellos que, aun estando permitidos e incluidos, se realicen sin la correspondiente autorización o en forma, lugar o por personas diferentes de las especificadas en esta Ley ...".

Segunda.- De conformidad con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 26 de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas, se aprecia, por tanto, la presunta comisión de una infracción muy grave, consistente en "La organización o explotación de juegos y apuestas no catalogados, o sin poseer las correspondientes autorizaciones administrativas, así como la celebración o práctica de los mismos fuera de los establecimientos autorizados", concretándose dicha infracción en la organización y práctica del juego del trile, que no se encuentra incluido en el Catálogo de Juegos y Apuestas autorizados, aprobado por Decreto 57/1986, de 4 de abril, celebrado en la vía pública del municipio de Mogán, no siendo ésta establecimiento autorizado para el desarrollo del juego en caso de estar el mismo catalogado.

Tercera.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 29.1.a) de la referida Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas, pudiera corresponderle una sanción consistente en multa de entre 60.101,21 euros hasta 300.506,05 euros, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la instrucción.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Las competencias funcionales en esta materia se encuentran reguladas en la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas.

Segunda.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, en relación con el artículo 71.c) del Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación es competente para la incoación e instrucción de los procedimientos sancionadores en materia de casinos, juegos y apuestas.

Tercera.- De conformidad con lo previsto en los apartados b) y c) del artículo 33.2 de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas, en relación con el artículo 16.b) del Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, la resolución del expediente corresponderá al Gobierno de Canarias, si la sanción consistente en multa que, en definitiva sea propuesta, fuera superior a la cuantía de 150.253,03 euros, o al Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, si fuera de cuantía inferior.

Cuarta.- La tramitación del presente expediente sancionador se ajustará a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas, procediéndose a resolver el mismo, dentro del plazo de seis meses previsto en el artículo 5.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.C. nº 102, de 19.8.94).

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida en materia de casinos, juegos y apuestas,

R E S U E L V O:

Iniciar expediente sancionador a D. Juan Miguel Barrera Rodríguez, con D.N.I. 44.319.055-X, por presunta infracción a la normativa sobre el juego, artículo 26.a) de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas en Canarias, nombrando instructora del mismo a la funcionaria adscrita a esta Dirección General, Dña. Priscila Rodríguez Carrasco, con traslado de todo lo actuado, debiendo notificarse a la interesada a los efectos de recusación previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92).

Notifíquese la presente Resolución a D. Juan Miguel Barrera Rodríguez, con D.N.I. 44.319.055-X, con domicilio calle Málaga, 32, P04- D, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, concediéndole de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.1 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, un plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al del recibo de la presente Resolución, para que formule las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho, y en el que podrá solicitar el recibimiento a prueba del expediente, articulando los medios admitidos en derecho de que intenta valerse.- Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de febrero de 2009.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández."

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de febrero de 2009.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández.

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