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BOC Nº 047. Martes 10 de Marzo de 2009 - 792

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

792 - Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 3 de febrero de 2009, del Director, relativa a notificación de la Resolución de 30 de diciembre de 2008, mediante la cual se incoa expediente de desahucio administrativo DD-346/08, y su correspondiente Pliego de Cargos, seguido a D. José Hernández Castellano, por imposible notificación.

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Habiendo intentado notificar a D. José Hernández Castellano, en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre incoación de expediente de desahucio administrativo DD-346/08, y resultando infructuosa su entrega, siendo necesario notificarle dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5º del citado artículo y apreciada, por otra parte, la concurrencia de los presupuestos a los que se refiere el artículo 61 de dicho texto legal,

R E S U E L V O:

Notificar a D. José Hernández Castellano, lo siguiente:

Que en virtud de Resolución de fecha 30 de diciembre de 2008, se ha procedido a la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-346/08 por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en Grupo Viviendas Jinámar III, bloque 7, piso 5º, letra A, LP-820/104, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, a tenor de lo establecido en el artº. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.

Que a los efectos de conocer el contenido íntegro de dichos actos, el interesado podrá comparecer en el plazo de diez (10) días a partir del siguiente al de la presente publicación en las Dependencias del Instituto Canario de la Vivienda (calle Profesor Agustín Millares Carlo, 18, Edificio de Usos Múltiples II, planta 1ª, Las Palmas de Gran Canaria).

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 69.3 de la citada Ley, dispone de un plazo de 15 días para formular alegaciones y en su caso, proponer pruebas que considere oportunas para su defensa. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente a aquel en que el interesado/a comparezca en las dependencias del Instituto Canario de la Vivienda o bien transcurra el plazo de 10 días concedidos al efecto.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2009.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.

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