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BOC Nº 051. Lunes 16 de Marzo de 2009 - 873

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

873 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 3 de marzo de 2009, del Director Ejecutivo, sobre la notificación a D. Salvador Alemán Santana, de la Resolución recaída en el expediente de I.U. 689/00.

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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Salvador Alemán Santana, de la Resolución nº 458, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 18 de febrero de 2009, en los términos del apartado primero del artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Salvador Alemán Santana, la Resolución nº 458, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 18 de febrero de 2009, recaída en el expediente instruido en esta Agencia, por infracción a la ordenación territorial, con referencia I.U. 689/00, que dice textualmente:

R E S U E L V O:

Primero.- Imponer a D. Salvador Alemán Santana, una multa de cincuenta y un mil (51.000) euros, como responsable directo, en calidad de promotor, de una infracción administrativa consistente en la construcción de edificación destinada a vivienda, cobertizos y amurallamiento, sita en el lugar denominado El Salobre Alto, del término municipal de San Bartolomé de Tirajana, en suelo rústico, en el momento de su ejecución, sin la preceptiva calificación territorial y licencia urbanística, tipificada y calificada de grave en el artículo 202.3.b) del mencionado Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y sancionada en el artículo 203.1.b) del mismo cuerpo legal.

Segundo.- Ordenar el establecimiento del orden jurídico infringido perturbado al estado anterior a la comisión de la infracción de las obras de construcción de edificación destinada a vivienda, cobertizos y amurallamiento, considerándose como medidas la demolición de las obras y la reposición de las cosas al estado anterior de la infracción y, a tal efecto, requerir al expedientado para que el plazo de un mes presente, ante la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, el correspondiente proyecto, como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado, advirtiéndole que el incumplimiento de tal requerimiento, dará lugar, que la Administración ejecutará subsidiariamente la orden de reposición, con cargo al infractor, conforme a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Tercero.- Notificar la presente resolución al infractor y demás interesados.

Se le comunica que el cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía y Hacienda a este fin, una vez sea firme la resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso de reposición ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente en Derecho o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.3 y 46.1, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de marzo de 2009.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

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