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BOC Nº 057. Martes 24 de Marzo de 2009 - 989

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

989 - Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 6 de marzo de 2009, que notifica la Orden de 16 de diciembre de 2008, por la que procede el inicio de no exigibilidad del abono de la subvención concedida a determinados beneficiarios, mediante Orden de 1 de agosto de 2008, proyectos de creación de nuevas empresas en Canarias.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Orden nº 1.069, de fecha 16 de diciembre de 2008, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que procede el inicio de no exigibilidad del abono de las subvenciones concedidas a los beneficiarios que se relacionan en el anexo, efectuada por oficio al domicilio que figura en la documentación administrativa de esta Dirección General de Promoción Económica, sin que hubiera podido practicarse por no ser recibida por los interesados, a través de carta con acuse de recibo, con entrega fallida por dos veces por los servicios de Correos, es por lo que, conforme a lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

1º) Notificar a los beneficiarios que se citan la Resolución nº 1.069, de fecha 16 de diciembre de 2008, de la Directora General de Promoción Económica, recaídas en los expedientes de los mismos y que figuran en el anexo, pudiendo comparecer por sí, o por medio de representante legalmente autorizado, en el plazo de diez (10) días siguientes a esta publicación, en las dependencias de esta Dirección General, sita en la calle León y Castillo, 431, Edificio Urbis, 2ª planta, derecha, de Las Palmas de Gran Canaria, y en horario de atención al ciudadano, para tener conocimiento íntegro de los mencionados actos y dejar constancia del mismo en dichos expedientes, haciéndoles saber que, transcurrido el plazo señalado sin cumplimentarlo se tendrá por realizado el presente trámite.

2º) Es parte dispositiva común de la precitada orden:

Primero.- Iniciar el expediente de no exigibilidad del abono de la subvención concedida, mediante Orden de 1 de agosto de 2008, al amparo de las Órdenes de 11 de marzo de 2008, de convocatoria y de sus bases reguladoras, a los beneficiarios relacionados en el anexo, al no cumplir las condiciones impuestas en la resolución de concesión, relativas a la obligación de la realización de la actividad subvencionada, así como de su justificación dentro del plazo establecido, de conformidad con lo dispuesto en las citadas Órdenes de concesión, convocatoria y bases reguladoras.

Segundo.- Conceder a los beneficiarios relacionados en el anexo un plazo de audiencia de diez días, de acuerdo a lo establecido en el artículo 36.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, en conexión con el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Concluido este trámite y vistas las actuaciones pertinentes se dictará la Resolución que corresponda.

3º) Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

4º) Remitir la presente Resolución a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, correspondientes a los domicilios de notificaciones, para su exposición pública en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de marzo de 2009.- La Directora General de Promoción Económica, Jimena Delgado-Taramona Hernández.

Ver anexos - página 5692

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