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Habiendo sido intentada la notificación de la contestación a su escrito con registro de entrada nº 9.499, de 6 de octubre de 2008, al domicilio que figura en el expediente administrativo de esta Dirección General de Promoción Económica, sin que hubiera podido practicarse por no ser recibida por el interesado a través de carta con acuse de recibo, con entrega fallida por dos veces por los servicios de Correos, es por lo que, conforme a lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
1º) Notificar a D. José Luis Aboki Collins, la citada notificación, poniéndole en conocimiento al interesado que podrá comparecer por sí, o por medio de representante legalmente autorizado, en el plazo de diez (10) días siguientes a esta publicación, en las dependencias de esta Dirección General, sita en la calle León y Castillo, 431, Edificio Urbis, 2ª planta, derecha, de Las Palmas de Gran Canaria, y en horario de atención al ciudadano, para tener conocimiento íntegro del mencionado escrito y dejar constancia del mismo en el expediente LPA-08-342, haciéndole saber que, si transcurrido el anterior plazo no hubiera comparecido, la citada notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado, procediéndose a acordar el trámite por concluido, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente de aplicación.
2º) El citado escrito le informa de la improcedencia de la tramitación de su escrito de 6 de octubre de 2008 como recurso, dada la falta de carácter impugnatorio del mismo, al plantearse contra un acto favorable al interesado [la Orden de 1 de agosto de 2008, del Consejero de Economía y Hacienda (B.O.C. nº 159, de 8.8.08), por la que se le concede una subvención] y al ser el objeto del escrito una solicitud de abono de la subvención concedida, que se encuentra en estos momentos pendiente de la resolución de un procedimiento de declaración de no exigibilidad de abono de la subvención, iniciado por Orden nº 1.052 del Consejero de Economía y Hacienda, de 15 de diciembre de 2008, debiendo ser contra el acto que ponga fin al procedimiento contra el que se interponga el recurso correspondiente.
3º) Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
4º) Remitir la presente Resolución al Ayuntamiento correspondiente al domicilio de notificación, para su exposición pública en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de marzo de 2009.- La Directora General de Promoción Económica, Jimena Delgado-Taramona Hernández.
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