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BOC Nº 058. Miércoles 25 de Marzo de 2009 - 1022

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1022 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 13 de marzo de 2009, relativo a notificación de la Resolución por la que se deniega la subvención solicitada, en el marco del programa de promoción del empleo autónomo, por D. Fernando Martín Estévez.- Expte. 08-38/00544.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación de resolución, por la que se deniega la subvención solicitada por D. Fernando Martín Estévez, de fecha 11 de agosto de 2008, nº 08-38/3128, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Resolución del Director por la que se deniega a D. Fernando Martín Estévez la subvención solicitada en el marco del programa de promoción del empleo autónomo.

Visto el expediente de referencia, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Al amparo de lo dispuesto en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo (B.O.E. nº 136, de 7.6.07), cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 250/1985, de 23 de enero (B.O.E. nº 55, de 5.3.85), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. de 28.4.03), en relación con el Decreto 150/2001, de 23 de julio, que modifica los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones y establece normas procedimentales, modificado a su vez por los Decretos 172/2001, de 30 de julio y 155/2002, de 24 de octubre, mediante escrito de fecha 26 de marzo de 2008 y registro de entrada nº 385478, Martín Estévez, Fernando, con N.I.F./N.I.E. 43358030V, solicitó una subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia, de las reguladas en la Orden TAS/1622/2007 citada.

Segundo.- Revisada la documentación obrante en el expediente se comprueba que no figuraba inscrito como demandante de empleo en el Servicio Canario de Empleo cuando se estableció como trabajador autónomo o por cuenta propia, toda vez que según los datos obrantes, no figura inscrito desde el 5 de enero de 2007, estableciéndose como autónomo o por cuenta propia en fecha 1 de marzo de 2008.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo es competente para resolver el presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1.a) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo artº. 2 de la Orden TAS/1622/2007, citada, para ser beneficiario de la subvención solicitada se exige que la persona que solicita la subvención sea desempleada e inscrita como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, cuando se establezca como trabajador autónomo o por cuenta propia. Sin embargo, el solicitante "no figura inscrito desde el 5 de enero de 2007, y que supone incumplimiento de la normativa antes descrita". Por tanto, queda acreditado que D. Fernando Martín Estévez, con N.I.F./N.I.E. 43358030V, no reúne los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención solicitada.

R E S U E L V O:

Primero.- Denegar a D. Fernando Martín Estévez, con N.I.F./N.I.E. 43358030V, la subvención solicitada en el expediente referenciado, por los motivos expuestos.

Notificar la presente Resolución al interesado en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Director del Servicio Canario de Empleo, p.d., la Subdirección de Empleo (Resolución nº 07-35/2927, de 18.7.07), p.v., el Secretario General (Resolución nº 08-38/2485, de 24.6.08), David Carlos Gómez Prieto.

Este acto administrativo ha sido propuesto en Santa Cruz de Tenerife, a 6 de agosto de 2008 por la Jefa de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría.

Lo que notifico a Vd., en cumplimiento de lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- La Jefa de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de marzo de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

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