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BOC Nº 060. Viernes 27 de Marzo de 2009 - 1062

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1062 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 16 de marzo de 2009, del Director, relativo a notificación de resolución por la que se tiene por desistido de su solicitud de subvención, presentada en el marco del programa de promoción del empleo autónomo, a D. Pedro Antonio Corona Marichal.- Expte. 08-38/00069.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación de resolución, por la que se tiene por desistido de su solicitud de subvención a D. Pedro Antonio Corona Marichal, de fecha 21 de octubre de 2008, nº 08-38/5401, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Resolución del Director por la que se tiene por desistido a Corona Marichal, Pedro Antonio de su solicitud de subvención.

Visto el expediente de referencia, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Al amparo de lo dispuesto en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo (B.O.E. nº 136, de 7.6.07), Corona Marichal, Pedro Antonio, con N.I.F./N.I.E. 78561630R, presenta escrito de fecha 21 de diciembre de 2007 y registro de entrada nº 1595108, por el que solicita le sea concedida una subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia, por importe de seis mil (6.000,00) euros.

Segundo.- Mediante escrito de fecha 13 de febrero de 2008, y registro de salida nº 125497, notificado el día 22 de febrero de 2008 se requirió al interesado para que aportara en el plazo de diez días documentación preceptiva para la tramitación del expediente y que no había sido presentada junto a la solicitud, advirtiéndole que de no presentar la documentación requerida en el plazo establecido, en aplicación de lo previsto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se le tendría por desistido de su petición, previa resolución que debería ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley.

Tercero.- Hasta el día de la fecha, el interesado no ha aportado la documentación requerida.

A los citados hechos, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo es competente para dictar la presente resolución, en virtud con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- Resulta de aplicación a la presente solicitud de subvención lo establecido en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, citada, cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 250/1985, de 23 de enero (B.O.E. nº 55, de 5.3.85), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. de 28 de abril), en relación con el Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 3 de agosto) y 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. de 15 de noviembre), así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (B.O.E. de 18 de noviembre) General de Subvenciones.

Tercero.- El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 establece: "Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado, para que, en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe, los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42".

R E S U E L V O:

Primero.- Tener por desistido de su solicitud de subvención a Corona Marichal, Pedro Antonio, con N.I.F./N.I.E. 78561630R, por los motivos expuestos.

Segundo.- Declarar concluso el procedimiento y ordenar el archivo del expediente sin más trámite.

Tercero.- Notificar la presente Resolución al interesado en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Director, Alberto Génova Galván.

Este acto administrativo ha sido propuesto en Santa Cruz de Tenerife, a 20 de octubre de 2008 por la Jefe de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría.

Lo que notifico a Vd., en cumplimiento de lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- La Jefe de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de marzo de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

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