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BOC Nº 062. Martes 31 de Marzo de 2009 - 1139

IV. IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria

1139 - EDICTO de 15 de enero de 2008, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000649/2007.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria.

JUICIO: ordinario 0000649/2007.

PARTE DEMANDANTE:Gabinete de Enseñanza y Venta, S.L. (Remax Palmera Servicios Inmobiliarios).

PARTE DEMANDADA:D./Dña. Sung Nyeon Kim y Ji Hye Na.

SOBRE: recl. cantidad -200 millones ptas.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de enero de 2008.

Visto por D. Jesús Ángel Suárez Ramos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas, juicio ordinario 649/07, seguido por Gabinete de Enseñanza y Venta, S.L., representada por el procurador D. Francisco Ojeda Rodríguez y defendida por el letrado Dña. Carolina Martell Ortega, contra Dña. Sung Nyeon Kim y D. Ji Hye Na, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

I. Que estimando la demanda interpuesta por Gabinete de Enseñanza y Venta, S.L., contra Dña. Sung Nyeon Kim y D. Ji Hye Na:

a) Declaro la resolución del contrato de encargo de venta en exclusiva celebrado por ambas partes, debido al incumplimiento de los demandados.

b) Condeno a los demandados al pago de:

i) Doce mil ciento tres euros con setenta y cinco céntimos (12.103,75 euros), en concepto de principal adeudado.

ii) Los intereses devengados por el importe del principal, a partir del requerimiento de pago de fecha 18 de diciembre de 2006.

II. Condenar a Dña. Sung Nyeon Kim y D. Ji Hye Na al pago de las costas del juicio.

Esta sentencia no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se preparará en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación, y se sustanciará con arreglo a lo previsto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 14 de enero de 2008, a los codemandados Dña. Sung Neyon Kim y D. Ji Hye Na.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de enero de 2008.- El/la Secretario Judicial.

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