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BOC Nº 062. Martes 31 de Marzo de 2009 - 1140

IV. IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife

1140 - EDICTO de 3 de marzo de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000949/2008.

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Dña. Ana Isabel Torres Chico, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos, por el Ilmo. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido, los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, bajo el nº 0000949/2008, seguidos a instancia de Nivaria Luis González, representado por el Procurador Sr. Oramas Reyes, y dirigido por el Letrado Sr. Lorenzo Rivero, contra Ren 2 Productos Financieros y Comerciales, S.L., declarado en situación de rebeldía procesal.

FALLO:

1º) Se estima la demanda interpuesta por la representación procesal de Dña. Nivaria Luis González, quien a su vez actúa en representación de D. Toribio Mesa Domínguez, frente a Ren 2 Productos Financieros y Comerciales, S.L.

2º) Se declara resuelto, por falta de pago de las rentas, el contrato de arrendamiento del inmueble destinado a uso diferente del de vivienda, sito en este ciudad, calle Velázquez, 5, planta baja.

3º) Se apercibe a la arrendataria demandada de que se procederá a su lanzamiento si no desaloja el inmueble y lo pone a su disposición de la actora en el plazo legalmente establecido.

4º) Se condena a la demandada a abonar a la actora la suma de veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros con cuarenta y dos céntimos (24.455,42 euros), más el interés legal de dicha suma.

5º) Las costas procesales se imponen a la parte demandada.

Y para que sirva de notificación a la entidad demandada Ren 2 Productos Financieros y Comerciales, S.L., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 3 de marzo de 2009.- El/la Secretario/a Judicial.

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