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BOC Nº 066. Lunes 6 de Abril de 2009 - 1225

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

1225 - Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 18 de marzo de 2009, del Director, sobre notificación a Dña. María Marta de la Rosa Miranda, de requerimiento de documentación en relación a la solicitud de subvención formulada al amparo del Decreto 34/1995, de 24 de febrero, por el que se subvenciona la adquisición de determinadas viviendas de protección oficial de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias iniciadas antes de 1979.

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Habiendo intentado la notificación a Dña. María Marta de la Rosa Miranda, del requerimiento de documentación correspondiente al expediente de solicitud de subvención formulada al amparo del Decreto 34/1995, de 24 de febrero, para la adquisición de vivienda de protección oficial de promoción pública perteneciente al Grupo "Padre Anchieta", cuenta nº 206, término municipal de La Laguna, resultando infructuosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, este Instituto Canario de la Vivienda

R E S U E L V E:

Notificar a Dña. María Marta de la Rosa Miranda el requerimiento de la documentación de fecha 15 de abril de 2008, recaída en el expediente de solicitud de subvención que le ha sido instruido, que dice textualmente:

"Es de referencia la instancia presentada por usted con fecha de entrada el 28 de mayo de 1998, en la que solicita la aplicación de la subvención que establece el Decreto 34/1995, de 24 de febrero, a la vivienda de la que es titular en el grupo "Padre Anchieta", sita en el término municipal de La Laguna, cuenta nº 206.

Con fecha 9 de noviembre de 1998, se le notificó requerimiento al objeto de que presentara la documentación necesaria para proceder a la tramitación de dicha solicitud, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite.

En fecha 20 de noviembre de 1998, presentó escrito en el que solicitaba la ampliación del plazo de diez días para presentar la documentación necesaria.

Con fecha 11 de julio de 2000, se le requiere la sentencia firme de separación y la liquidación de gananciales, no teniendo constancia de la notificación del referido escrito, se adjunta copia del mismo, reiterando nuevamente su contenido y el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente al de su notificación, para que presente la expresada documentación.

Transcurrido el plazo señalado sin presentar la misma, y en virtud de lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 42 del citado texto legal."

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de marzo de 2009.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.

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