Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 073. Viernes 17 de Abril de 2009 - 1397

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1397 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 3 de abril de 2009, del Director Ejecutivo, sobre la notificación a D. Carlos Román Rodríguez Morín, de la Propuesta de Resolución en el expediente nº 251-07 U (IU 5-2007).

Descargar en formato pdf

No habiéndose podido practicar la notificación a D. Carlos Román Rodríguez Morín de la Propuesta de Resolución, de fecha 4 de marzo de 2009, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto de la citada resolución, de conformidad con el apartado quinto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a D. Carlos Román Rodríguez Morín, la Propuesta de Resolución, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 4 de marzo de 2009, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción de la legalidad urbanística con referencia nº 251-07 U (IU 5-2007) y cuya parte dispositiva dice textualmente:

"PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Primero.- Imponer a D. Carlos Román Rodríguez Morín la multa treinta y seis mil ciento treinta y un euros con cincuenta y ocho céntimos (36.131,58 euros), como responsable en calidad de promotor, de una infracción administrativa grave consistente en "construcción de nave industrial", ubicada en suelo no urbanizable de interés agrícola, en el lugar denominado "Los Reverones-Parque La Reina", del término municipal de Arona, sin los preceptivos títulos legitimantes necesarios para su ejecución (calificación territorial y licencia urbanística), tipificada en el artículo 202.3.b) del TRLOTCENC y sancionada en el artículo 203.1.b) del mismo texto legal con multa de 6.010,13 a 150.253,03 euros, en función de las circunstancias que concurren en el presente procedimiento.

Segundo.- Ordenar el restablecimiento del orden jurídico infringido.

A tal efecto se requiere al expedientado para que en el plazo de un mes presente, ante la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, el correspondiente proyecto de demolición, como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado, advirtiéndole que el incumplimiento de tal requerimiento, dará lugar, a que esta Administración ejecutará subsidiariamente la orden de reposición, con cargo al infractor, conforme a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

En los supuestos de ejecución subsidiaria de la reposición de la realidad física alterada a su estado anterior, si los responsables de la alteración ofreciesen su total colaboración en la ejecución, y así constase en el acta levantada a tal efecto por la Administración actuante, el coste de la demolición será repercutido a los responsables obligados con una bonificación del cincuenta por ciento (50%).

Tercero.- Advertir al interesado que el artículo 182.1 del TRLOTCENC, dispone que si los responsables de la alteración de la realidad física repusieran ésta por sí mismos a su estado anterior en los términos dispuestos por la Administración, tendrán derecho a la reducción en un noventa por ciento (90%) de la multa que se haya impuesto en el procedimiento sancionador, siempre que se solicite con anterioridad a la finalización del correspondiente procedimiento de recaudación, mediante el correspondiente pago.

Conforme el apartado segundo del citado artículo si el restablecimiento del orden jurídico perturbado tuviera lugar mediante la legalización obtenida tras la imposición de la multa, los responsables de la perturbación que hubiesen instado la legalización dentro del plazo habilitado al efecto, tendrán derecho a la reducción en un sesenta por ciento (60%) de la multa que se haya impuesto en el procedimiento sancionador, siempre que se solicite con anterioridad a la finalización del procedimiento de recaudación mediante el correspondiente pago.

Cuarto.- Notificar la presente Propuesta de Resolución al interesado, poniendo en su conocimiento, de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, lo siguiente:

a) Que frente a esta Propuesta de Resolución puede presentar alegaciones, documentos e informaciones, en el plazo de quince días, durante los cuales queda de manifiesto el expediente.

b) A esta notificación se acompaña una relación de los documentos obrantes en el expediente a fin de que pueda obtener copia de los que estime convenientes.

c) Una vez evacuado este trámite, y vistas las alegaciones, informaciones y pruebas aportadas, se elevará todo lo actuado al Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para que resuelva lo que proceda".

De todo lo cual se da traslado al interesado, concediéndole un plazo de quince días, contados a partir del día en que se le notifique la presente Propuesta de Resolución, para que pueda alegar cuanto considere conveniente en su defensa ante esta Agencia (sita en la Rambla de Santa Cruz, 149, Edificio Mónaco-Semisótano), así como presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto.

Adjunto se acompaña, relación de los documentos obrantes en el procedimiento a los efectos establecidos en el artículo 19.1 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto.

RELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS OBRANTES

EN EL EXPEDIENTE Nº 251-07U (IU 5-2007)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, a continuación se relacionan los documentos obrantes en el expediente de referencia, a fin de que los interesados puedan obtener las copias de lo que estimen conveniente, teniendo en cuenta lo previsto por la Dirección General de Tributos en su Resolución de 30 de enero de 2009, por la que se informa sobre el importe actualizado de las cuantías fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2009.

· Boletín de denuncia.

· Oficio a interesado asunto: Requiriendo para legalizar.

· Devolución por correo de oficio a interesado Asunto: Requiriendo para legalizar.

· Oficio asunto: Remitiendo comunicación de oficio nº 4684 con el ruego de que se haga llegar al interesado. a.r.

· Notificación de oficio a interesado asunto: Requiriendo para legalizar.

· Nota de régimen interior.

· Informe Técnico.

· Comunicación de régimen interior.

· Informe de Técnico de la Agencia adjuntando copias de boletines de denuncia, así como fotografía aérea de situación geográfica.

· Nota de Régimen Interior.

· Informe Técnico. Valoración.

· Resolución nº 3789, de 18 de diciembre de 2008, por la que se acuerda incoar expediente sancionador.

· Notificación al Ayuntamiento de la resolución por la que se acuerda incoar expediente sancionador.

· Devolución por correo de la notificación a interesado de resolución por la que se acuerda incoar expediente sancionador.

· Resolución nº 119 del Ilmo Sr. Director ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

· Notificación al Ayuntamiento de la Resolución nº 119 por la que se resuelve publicar resolución. A.r.

· Oficio relación de disposiciones que adjunto para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

· Publicación en el BoletínOficial de Canarias nº 23, del anuncio por el que se hace pública la Resolución de 22 de enero de 2009, del Director Ejecutivo."

Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de abril de 2009.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

© Gobierno de Canarias