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BOC Nº 080. Martes 28 de Abril de 2009 - 1512

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1512 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 17 de abril de 2009, relativo a notificación de la Resolución de 11 de marzo de 2009, por la que se revoca la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Antonio, sito en la calle Las Arenitas, s/n, local 8, Las Caletillas, Candelaria, con LTF-941, otorgada a favor de Dña. Rosa Isabel Colmenar Gómez y de los Boletines de Instalación de las máquinas recreativas TF-B-21.767 y TF-B-26.094.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación de fecha 11 de marzo de 2009, por la que se revoca la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Antonio, sito en la calle Las Arenitas, s/n, local 8, Las Caletillas, Candelaria, con LTF-941, otorgada a favor de Dña. Rosa Isabel Colmenar Gómez y de los Boletines de Instalación de las máquinas recreativas TF-B-21.767 y TF-B-26.094, en el domicilio que figura en el citado expediente, sin que haya podido practicarse a la empresa operadora titular de las máquinas recreativas, de conformidad con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), se procede a su publicación.

"Examinado el expediente administrativo tramitado para la revocación de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Antonio, sito en la calle Las Arenitas, s/n, local 8, Las Caletillas, Candelaria, con LTF-941, otorgada a favor de Dña. Rosa Isabel Colmenar Gómez y de los Boletines de Instalación de las máquinas recreativas TF-B-21.767 y TF-B-26.094.

Vista la propuesta formulada por el Jefe de Servicio de Gestión del Juego.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante Resolución de fecha 31 de julio de 2002, de esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, previo expediente tramitado al efecto, se autorizó la instalación de máquinas recreativas en el local, denominado "Bar Antonio", sito en la calle Las Arenitas, s/n, local 8, Las Caletillas, Candelaria, con LTF-941, a instancias de Dña. Rosa Isabel Colmenar Gómez, con N.I.F. 07816860B, habiéndose aportado al expediente la calificación de la actividad por el Cabildo Insular.

2º) Mediante escrito de fecha 12 de mayo de 2008, se solicitó por D. Antonio Morán Coca, el cambio de titularidad de la autorización para la instalación de máquinas recreativas del local, denominado Bar Antonio, sito en la calle Las Arenitas, s/n, local 8, Las Caletillas, Candelaria, aportando solicitud de cambio de titularidad.

3º) Con fecha 14 de mayo de 2008, por parte del Servicio de Gestión del Juego se requirió al titular de la autorización la aportación de la licencia de apertura, otorgándose al efecto un plazo de diez días, habiendo transcurrido en exceso el mencionado plazo sin que se aportara la licencia requerida ni documentación alguna.

4º) A la vista de lo anterior, mediante Resolución nº 220, de esta Dirección General, de fecha 4 de febrero de 2009, se dispuso el inicio de expediente de revocación de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Antonio, sito en la calle Las Arenitas, s/n, local 8, Las Caletillas, Candelaria, con LTF-941, otorgada a favor de Dña. Rosa Isabel Colmenar Gómez, y de los Boletines de Instalación de las máquinas recreativas TF-B-21.767 y TF-B-26.094. Siéndoles notificada dicha Resolución a los interesados mediante acuse de recibo el día 6 de febrero de 2009 y a la empresa operadora Recreativos Sanper, S.L., propietaria de las máquinas recreativas, mediante acuse de recibo, el día 12 de febrero del mismo año, concediéndoseles un plazo de 10 días para que presente las alegaciones y documentos que estimen pertinentes, habiendo transcurrido el citado plazo sin que por parte del interesado, titular del establecimiento, o de la empresa operadora se hubiese formulado alegación alguna o aportara la documentación requerida.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Las competencias funcionales en esta materia se regulan por la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas y por el Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segunda.- De conformidad con lo establecido en el artículo 71.a) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad aprobado por Decreto 22/2008, de 19 de febrero, esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación es competente para el inicio y resolución de este expediente.

Tercera.- Que el procedimiento seguido en la tramitación de este expediente se ajusta a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas y el Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, resolviéndose el mismo dentro del plazo establecido en la citadas disposiciones.

Cuarta.- Que el artículo 5 de la Ley 6/1999, establece: autorizaciones administrativas: 1. La organización y explotación de los juegos y apuestas objeto de la presente Ley e incluidos en el Catálogo de Juegos y Apuestas de Canarias, tan solo podrá tener lugar previa la correspondiente autorización administrativa.

Por su parte, el artículo 46.2 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 162/2001, de 30 de julio, dispone: "Las autorizaciones de instalación podrán ser revocadas por pérdida de alguno de los requisitos exigidos para su otorgamiento". Igualmente dicho artículo establece en su apartado 1: "Las autorizaciones para la instalación de máquinas recreativas en bares, cafeterías y restaurantes, tendrán eficacia mientras lo sea la licencia municipal de apertura".

Asimismo, el artº. 39.1.c) del susodicho Reglamento dispone que constituye causa de extinción del Boletín de Instalación la extinción de la autorización de instalación del establecimiento.

No habiéndose acreditado la existencia de licencia de apertura, exigida por el artículo 45 del mencionado Reglamento, procede la revocación de la autorización de instalación de máquinas recreativas y consecuentemente del/de los Boletín/es de Instalación de las máquinas recreativas allí instaladas.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

1º) La revocación de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Antonio, sito en la calle Las Arenitas, s/n, local 8, Las Caletillas, Candelaria, con LTF-941, otorgada a favor de Dña. Rosa Isabel Colmenar Gómez, y de los Boletines de Instalación de las máquinas recreativas TF-B-21.767 y TF-B-26.094.

2º) Requerir a Dña. Rosa Isabel Colmenar Gómez, D. Antonio Morán Coca y a la empresa operadora Recreativos Sanper, S.L., para que entreguen, en esta Dirección General, los Boletines de Instalación de las máquinas recreativas existentes en dicho local y los correspondientes Libros de Inspección y de Reclamaciones, en el plazo de 10 días hábiles desde el recibo de la presente Resolución.

3º) Que se notifique la presente Resolución a los citados interesados, significándole que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Viceconsejería de Administración Pública, en el plazo de un mes, contado desde la notificación de la presente, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- Santa Cruz de Tenerife, a 11 de marzo de 2009.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández."

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de abril de 2009.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández.

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