Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 087. Viernes 8 de Mayo de 2009 - 1664

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria

1664 - EDICTO de 31 de marzo de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000187/2008.

Descargar en formato pdf

Dña. María Teresa Oliver Guerra, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en los autos del margen se ha dictado sentencia cuyo encabezado y fallo dice como sigue.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de marzo de 2009.

Dña. María Luisa Moreno Vera, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Dieciséis de esta ciudad y de este Partido Judicial, ha visto los autos 187/2008 seguidos en este Juzgado a instancia de D. Juan Francisco Umpiérrez Robaina representada por la Procuradora Sra. Guerrero Doblas y bajo la dirección jurídica del letrado D. José Díaz Suárez contra Dña. Gloria Nancy Aguirre Ramírez en situación de rebeldía procesal y ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia.

FALLO:

Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre D. Juan Francisco Umpiérrez Robaina y Dña. Gloria Nancy Aguirre Ramírez sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda dando lugar al desahucio solicitado y condenando a la demandada a que, dentro del término legal, lo desaloje y deje libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si ni lo verifica, condenándole asimismo a abonar la cantidad de 5.890 euros, más las que se deriven hasta la entrega del inmueble, intereses legales e imponiéndole expresamente las costas de este juicio.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez constituido en audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de marzo de 2009.- El/la Secretario/a.

© Gobierno de Canarias