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En cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, en el recurso contencioso-administrativo que se tramita como procedimiento ordinario nº 174/2009, interpuesto por Residencia de Mayores Vista Alegre, S.L.U. contra la Orden de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda nº 855, de 26 de noviembre de 2008, por la que se resuelve el expediente sancionador incoado a la referida entidad, titular del centro para mayores denominado "Vista Alegre", y de conformidad con lo establecido en los artículos 48.4 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
R E S U E L V O:
Primero.- Remitir al Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife el expediente administrativo correspondiente al procedimiento ordinario 174/2009.
Segundo.- Emplazar a todos aquellos interesados para que comparezcan y se personen ante el Juzgado en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de abril de 2009.- La Viceconsejera de Bienestar Social e Inmigración, Natividad Cano Pérez.
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