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BOC Nº 095. Miércoles 20 de Mayo de 2009 - 1860

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1860 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 28 de abril de 2009, relativo al depósito de documentación sobre la constitución de los estatutos de la federación empresarial denominada Federación de Comunidades de Regantes de Gran Canaria (FECOREGRANCA).

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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo, al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria, mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (B.O.C. nº 249, de 14.12.07), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la federación empresarial que se detalla:

DENOMINACIÓN: Federación de Comunidades de Regantes de Gran Canaria (FECOREGRANCA).

ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.

DOMICILIO: calle San Agustín, 6, Las Palmas de Gran Canaria.

ÁMBITO FUNCIONAL: la Federación estará constituida por todas las Comunidades de Regantes de Gran Canaria, Heredades, Consorcios, Sindicatos de riegos, etc., que deseen integrarse en la Federación y acrediten el ejercicio del servicio en directa relación con los riegos. Estas Comunidades, Heredades, etc., estarán representadas por el Presidente o Delegado o, en su caso, el Suplente que libremente designen. Su integración en la Federación no supone ni supondrá nunca interferencia alguna en la independencia propia de cada Comunidad, Heredad, etc., ni en su vida interna y peculiar organización, ni en sus derechos y prerrogativas y autonomía respectivas.

FIRMANTES DEL ACTA DE LA CONSTITUCIÓN: D. Agustín Melián González, D. Juan José del Pino González, D. Román Segura Díaz y D. Jacinto González Godoy.

Los interesados podrán formular, por escrito, las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días, contados a partir de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de abril de 2009.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

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