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BOC Nº 097. Viernes 22 de Mayo de 2009 - 1900

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1900 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 5 de mayo de 2009, relativo al depósito de documentación sobre la constitución de los estatutos de la asociación empresarial denominada Unión Farmacéutica Empresarial Canaria (UFEMCA).

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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo, al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria, mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero; y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (B.O.C. nº 249, de 14.12.07), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación empresarial que se detalla:

DENOMINACIÓN: Unión Farmacéutica Empresarial Canaria (UFEMCA).

ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.

DOMICILIO: calle Olof Palme, 40, Las Palmas de Gran Canaria.

ÁMBITO FUNCIONAL: serán socios de número: las personas físicas, con plena capacidad de obrar, que hayan suscrito el Acta Fundacional o que ingresen posteriormente en la Asociación, previo cumplimiento de los requisitos pertinentes.

Podrán ser socios colaboradores: aquellas personas físicas o jurídicas que, por prestar ayuda o cooperación a la Asociación, se hagan merecedoras de esta condición -a juicio de la Junta Directiva y posterior aprobación de la Junta General-.

FIRMANTES DEL ACTA DE CONSTITUCIÓN: D. Enrique Blanco Torrent, D. Rafael Cárdenes Suárez, D. Miguel Reig Boix, Dña. Ana Delia Calderín González, D. José Ramón García Lisón Fernández, Dña. Dolores Sánchez Palacios y D. José Mendoza Rosales.

Los interesados podrán formular, por escrito, las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días, contados a partir de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de mayo de 2009.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

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