Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 099. Martes 26 de Mayo de 2009 - 1935

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas y Transportes

1935 - Secretaría General Técnica.- Anuncio de 20 de abril de 2009, por el que se hace pública la Orden de 3 de abril de 2009, que incoa el procedimiento de otorgamiento de concesión administrativa para la prolongación de la explotación de la concesión del Puerto Deportivo de Pasito Blanco en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, isla de Gran Canaria.

Descargar en formato pdf

Visto el expediente administrativo tramitado por la Dirección General de Puertos se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES

I) Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de abril de 1972, se otorga a la Asociación Club de Yates Pasito Blanco concesión administrativa durante cincuenta años, autorizando a dicha entidad para la construcción y explotación de un Puerto Deportivo Base o de Invernada, en la ensenada de Pasito Blanco, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, isla de Gran Canaria.

II) Dicha Orden Ministerial se publica en el Boletín Oficial del Estado el día 29 de julio de 1972 (B.O.E. nº 181).

III) La citada concesión se transmite a la entidad Puerto Deportivo Pasito Blanco (Canarias), Sociedad Limitada de carácter Unipersonal, previa autorización otorgada mediante Orden Departamental de 6 de octubre de 2003, del Consejero de Infraestructuras, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias.

IV) La transmisión de la titularidad de la concesión a Puerto Deportivo Pasito Blanco (Canarias), Sociedad Limitada de carácter Unipersonal, se realiza por título de aportación del Club de Yates Pasito Blanco, según se prevé en el artículo 43.3 del Decreto 52/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de Puertos, tal y como consta en la escritura pública de ampliación de capital social y modificación parcial de estatutos otorgada el 26 de diciembre de 2003, con número de protocolo 5.325, ante el Notario D. Juan Alfonso Cabello Cascajo.

V) La nueva titularidad se inscribe el 10 de agosto de 2004 en el Registro de la Propiedad de San Bartolomé de Tirajana nº 1, Finca 24.335, Tomo 1.911, Libro 461, folio 1, inscripción segunda.

VI) Prevé el artículo 61 de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, el procedimiento para prolongar la explotación de los puertos deportivos de la Comunidad Autónoma Canaria más allá del plazo de la concesión, en el cual se establece como requisito previo, el que hayan transcurrido las dos terceras partes del plazo por el que se otorgó la concesión.

VII) El 20 de marzo de 2009 se recibe en el Registro General de la Consejería de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias (nº R.E. 360657-DGP 418), escrito firmado por las Consejeras Delegadas Mancomunadas de la entidad Puerto Deportivo Pasito Blanco, Sociedad Limitada de carácter Unipersonal, en el que se solicita la prolongación de la explotación del Puerto Deportivo Pasito Blanco por el plazo máximo legalmente previsto.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- El artículo 30 del Estatuto de Autonomía aprobado por la Ley Orgánica 10/1982, modificada por la Ley Orgánica 4/1996, declara que Canarias tiene la competencia exclusiva en materia de puertos no calificados de interés general por el Estado, puertos refugios pesqueros y puertos deportivos.

II.- El marco normativo que rige en materia de puertos autonómicos está constituido por la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, cuyo artículo 61 prevé expresamente la prolongación de la explotación de los puertos deportivos, por el Reglamento que la desarrolla aprobado por Decreto 52/2005, de 12 de abril, y supletoriamente, por la legislación reguladora de los bienes y patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

III.- Vistas las competencias atribuidas y en relación con lo preceptuado en la Disposición Adicional 4ª, letra i), y Disposición Transitoria 4ª del Decreto 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 145), tras la modificación introducida por el Decreto 301/2007, de 31 de julio (B.O.C. nº 154), así como por lo dispuesto en el Decreto 11/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, norma orgánica que conserva su vigencia en virtud de lo previsto en la Disposición Transitoria Primera del, anteriormente citado, Decreto 172/2007, de 17 de julio.

Con fundamento en lo anteriormente expuesto, y vista la propuesta de la Dirección General de Puertos,

R E S U E L V O:

1º) Incoar expediente de otorgamiento de concesión administrativa para la prolongación de la explotación del Puerto Deportivo Pasito Blanco, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, isla de Gran Canaria.

2º)Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de anuncio de dicha solicitud, abriéndose un plazo de 3 meses para que puedan presentarse otras solicitudes por personas interesadas en la misma.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de abril de 2009.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de abril de 2009.- El Secretario General Técnico, José Luis Barreno Chicharro.

© Gobierno de Canarias