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BOC Nº 108. Lunes 8 de Junio de 2009 - 2144

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

2144 - Dirección General de Bienestar Social.- Anuncio de 18 de mayo de 2009, relativo a notificación de Resolución por la que se tiene por desistido de su petición y se procede al archivo del expediente de Prestación Canaria de Inserción, por encontrarse en ignorado paradero.

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Habiendo sido intentada la notificación de la citada Resolución en el domicilio que figura en el expediente, sin que haya sido recibida por los solicitantes de Prestación Canaria de Inserción que figuran en el anexo de este anuncio como establece el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del mismo texto legal, se le hace saber el siguiente acuerdo:

"Vistos los expedientes instruidos como consecuencia de la solicitud de Prestación Canaria de Inserción presentada por las personas que se relacionan en el anexo en la fecha especificada en el mismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/2007, de 17 de enero (B.O.C. nº 17, de 23 de enero), por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción y el Decreto 136/2007, de 24 de mayo, que la desarrolla, y teniendo en cuenta los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Que los solicitantes que se relacionan en el anexo en la fecha especificada en el mismo, presentan solicitud de Prestación Canaria de Inserción ante la Administración municipal correspondiente a su domicilio.

2.- Que en la fecha especificada en el anexo se les requiere aporten documentación, a efectos de poder subsanar su expediente y resolver su solicitud de Prestación Canaria de Inserción.

3.- Que en el mencionado escrito, se les informaba igualmente, de que de no aportar dicha documentación en el plazo de diez días se archivará su solicitud, por desistimiento, previa resolución.

4.- Que ha transcurrido el plazo citado sin que el interesado haya aportado la totalidad de la documentación requerida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- El artículo 12.2 de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, el artº. 12.1 del Decreto 136/2007, de 24 de mayo, que la desarrolla y el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que: "si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artº. 42 y se archivará sin más trámite".

II.- Que la competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la Directora General de Bienestar Social conforme a lo dispuesto en el artº. 12.1 del Decreto 136/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, en concordancia con el artº. 9.C) del Decreto 167/2008, de 22 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda.

Por todo ello,

R E S U E L V E:

Primero.- Dar por desistidos de la petición y proceder al archivo del expediente iniciado por los solicitantes que se señalan en el anexo del presente anuncio.

Segundo.- Notifíquese la presente resolución al interesado en el plazo establecido en el artº. 58.2 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante esta Dirección General de Bienestar Social o ante la Viceconsejería de Bienestar Social e Inmigración, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114, 115 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2009.- La Directora General de Bienestar Social, Araceli Sánchez Gutiérrez.

Ver anexos - página 11983

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