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BOC Nº 111. Jueves 11 de Junio de 2009 - 890

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

890 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 18 de mayo de 2009, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 26 de febrero de 2009, que excluye del procedimiento de evaluación ambiental el Proyecto de Actuación Territorial Depósito y Procesamiento de Áridos Lomo Marfea, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.- Expte. 2006/1563.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 26 de febrero de 2009, relativo a Proyecto de Actuación Territorial Depósito y Procesamiento de Áridos Lomo Marfea, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, expediente 2006/1563, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2009.- La Directora General de Ordenación del Territorio, Sulbey González González.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 26 de febrero de 2009, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- De acuerdo con el artículo 24.4.a) del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, excluir del procedimiento de evaluación ambiental el proyecto de Actuación Territorial Planta de Depósito y Procesamiento de Materiales de Construcción, promovido por Hermanos García Álamo, S.L., en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al tratarse de un proyecto que afecta a una zona de reducida superficie territorial.

Consta en el expediente la declaración detallada de impacto ecológico, de fecha 31 de marzo de 2008 del "proyecto de legalización de una planta de aglomerado asfáltico en frío" contemplado en el citado Proyecto de Actuación Territorial, no considerando necesario añadir nuevos condicionantes, por lo que se asume.

Segundo.- De acuerdo con el artº. 26.1 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000 y el artículo 72.1 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, aprobar definitivamente el Proyecto de Actuación Territorial Planta de Depósito y Procesamiento de Materiales de Construcción, promovido por Hermanos García Álamo, S.L., en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

Tercero.- Establecer las siguientes condiciones al Proyecto de Actuación Territorial de referencia:

a) Se fija la prestación de garantía ante el Tesoro de la Comunidad Autónoma por un importe del 20% del coste total de las obras a realizar.

b) La licencia urbanística habrá de ser solicitada dentro de los 6 meses siguientes a la entrada en vigor del PAT, con su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, tal y como prevé el artículo 170.1 del Texto Refundido.

c) La eficacia del proyecto caducará por el transcurso de 1 año desde su entrada en vigor sin haberse solicitado dicha licencia urbanística, conforme artículo 26.3.a) del Texto Refundido.

d) Se fije el plazo de vigencia del Proyecto de Actuación Territorial en 10 años.

e) Cumplir con las tres Declaraciones de Impacto Ecológico adoptadas por Resoluciones del Viceconsejero de Medio Ambiente de fechas 30 de agosto de 1996, 20 de julio de 2001 y 31 de marzo de 2008.

Cuarto.- Condicionar la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias a la prestación de la garantía por el promotor ante el Tesoro de la Comunidad Autónoma por un importe del 20% del coste total de las obras a realizar, previo informe de los Servicios competentes de la Dirección General de Ordenación del Territorio.

Quinto.- Notificar el presente Acuerdo al promotor, Hermanos García Álamo, S.L., al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.

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