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BOC Nº 112. Viernes 12 de Junio de 2009 - 895

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

895 - Dirección General de Personal.- Resolución de 4 de junio de 2009, por la que se hace pública la convocatoria para cubrir, en régimen de comisión de servicios o adscripción provisional, plazas vacantes por funcionarios de carrera e interinos de los Cuerpos docentes no universitarios en Programas Educativos de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso 2009-2010.

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Con la necesidad de cubrir plazas existentes, en comisión de servicios, en los Programas Educativos para el curso 2009-2010 y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- De conformidad con lo establecido en la base tercera A), apartado 2.2.1 de la Orden de 30 de abril de 2007, por la que se regulan las comisiones de servicios y adscripciones provisionales a los funcionarios de los Cuerpos docentes dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 99, de 17 de mayo), se podrán conceder comisiones de servicios o adscripciones provisionales para desarrollar programas de carácter educativo en otros departamentos de la Administración autonómica o de ejecución conjunta con otras Administraciones o Instituciones Públicas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- A la presente convocatoria resulta aplicable la Orden de 30 de abril de 2007, por la que se regulan las comisiones de servicios y adscripciones provisionales a los funcionarios de los Cuerpos docentes no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 99, de 17 de mayo).

Segundo.- El artículo 14, apartado a), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 148, de 1 de agosto), aprobado por Decreto 113/2006, de 26 de julio, atribuye a la Dirección General de Promoción Educativa el desarrollo, gestión o ejecución de distintos Programas Educativos, en el marco competencial de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Tercero.- En su virtud, con el fin de cubrir plazas existentes en los Programas Educativos desarrollados, gestionados o ejecutados por las Direcciones Generales de Promoción Educativa y de Ordenación e Innovación Educativa y en el ejercicio de atribuciones previstas en el artículo 13, apartado 1, letras a), c) y g) del citado Reglamento Orgánico,

R E S U E L V O:

Convocar para cubrir, en régimen de comisión de servicios o adscripción provisional, puestos de trabajo para el curso 2009-2010, en los Programas Educativos desarrollados, gestionados o ejecutados por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, de acuerdo con las bases genéricas (anexo A) y bases específicas (anexo B) que acompañan a la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo que corresponda en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de junio de 2009.- La Directora General de Personal, María Teresa Covisa Rubia.

A N E X O A

BASES GENÉRICAS

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de plazas, en régimen de comisión de servicios o adscripción provisional, en los Programas Educativos desarrollados, gestionados o ejecutados por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, durante el curso escolar 2009/10.

2.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.

2.1. Los requisitos de participación son los establecidos para cada programa educativo en las bases específicas de esta convocatoria (anexo B).

2.2. Podrán solicitar prórroga de su comisión de servicios los funcionarios y funcionarias de carrera que quieran continuar desempeñando una plaza en el mismo centro que obtuvieron para el curso 2008/09 con ocasión de vacante y que aparezca señalada en el anexo II como susceptible de prórroga, sin perjuicio de que puedan solicitar, además, otras plazas ofertadas, en cuyo caso deberá aportar la documentación acreditativa para su baremación. En cualquier caso, el centro de prórroga deberá figurar en primer lugar del orden de peticiones.

3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

3.1. Quienes deseen participar en la presente convocatoria deberán descargar la solicitud cumplimentada telemáticamente a través de la página Web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes https://www.gobiernodecanarias.org/educacion.

3.2. Para que tenga validez la solicitud cumplimentada de esta forma, debe ser presentada impresa en papel y debidamente firmada, en alguno de los registros y en el plazo establecido en la base quinta de esta Resolución. En el caso de que algún participante presente varias solicitudes sólo se considerará válida la última registrada.

Para acceder a la solicitud en la página Web, los participantes deberán introducir su N.I.F. y la clave personal de acceso que utilizan para entrar en la nómina.

3.3. Quienes hayan desempeñado una plaza en virtud de la convocatoria hecha pública por Resolución de la Dirección General de Personal de 28 de mayo de 2008 (B.O.C. nº 109, de 1 de junio), por la que se hace pública la convocatoria para cubrir, en régimen de comisión de servicios, plazas vacantes para el curso 2008/09 en Programas Educativos de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, podrán solicitar la prórroga en esa plaza, en el caso de que se oferte en la presente convocatoria, siempre que se den las siguientes condiciones:

- Se oferte la plaza con las mismas condiciones en la presente convocatoria.

- Que la persona interesada lo solicite expresamente.

- Que la persona interesada haya desempeñado efectivamente la plaza durante el curso 2008/09.

- Que la plaza conserve idénticas características a las de la presente convocatoria.

- Que no exista informe motivado desfavorable de la Dirección del centro con el visto bueno del inspector o inspectora correspondiente, desaconsejando su continuidad.

A tal efecto, deberán hacerlo constar en el apartado correspondiente del anexo I de la presente Resolución en el que se exprese el deseo de continuar en la plaza obtenida para el curso 2008/09.

3.4. La instancia irá dirigida a la Dirección General de Personal y en ella deberán relacionarse, por orden de preferencia, los programas que se solicitan, y dentro de cada uno de ellos y también por orden de preferencia, las plazas de entre las que aparecen ofertadas en el anexo II.

3.5. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, por ningún motivo se alterarán las peticiones.

4.- DOCUMENTACIÓN.

4.1. Con la solicitud deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados, según el baremo que se publica como anexo III, en su sobre cerrado que contenga el anexo IV con la relación de los mismos y en cuyo exterior venga grapado el anexo I de la presente Resolución.

Las personas solicitantes no tendrán que presentar la documentación acreditativa de los servicios prestados en centros públicos de esta Administración Educativa. Las hojas con los servicios docentes que hayan prestado estarán a su disposición en la mencionada página Web. En caso de no estar de acuerdo con los servicios recogidos en la misma podrá iniciar el procedimiento de actualización correspondiente.

Quienes quieran prorrogar la comisión de servicios en la misma plaza que venían desempeñando en el curso 2008/09, sólo deberán presentar la instancia donde harán constar su solicitud de prórroga.

Todas las fotocopias deberán presentarse cotejadas o compulsadas por los organismos oficiales o bien por el Secretario del centro desde el que participan con el visto bueno de su Director. No se valorará ninguna fotocopia que carezca de la citada diligencia.

En lo que se refiere a los cursos de perfeccionamiento, debe constar en los mismos el número de horas de cada uno o, en su caso, el número de créditos de que consta, entendiéndose que cada crédito supone un total de 10 horas. Aquellos en los que no se hiciera mención alguna de estas circunstancias no tendrán ningún valor a efectos de baremación.

Todos los méritos que aleguen los/as concursantes habrán de tenerse cumplidos o reconocidos en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de participar en más de un programa habrá de presentarse para cada uno de ellos la documentación acreditativa de los méritos alegados.

4.2. Las personas participantes que lo hagan por los Programas de Apoyo a Invidentes y Profesores de Audición y Lenguaje para la atención educativa al alumnado con discapacidad auditiva, en base al carácter itinerante de estas plazas, deberán aportar también una declaración jurada de estar en condiciones de afrontar la itinerancia por medios propios, garantizando el cumplimiento de los horarios correspondientes.

4.3. Las plazas comprendidas en el programa "Apoyo a Invidentes" del anexo II de la presente convocatoria pueden tener carácter itinerante dentro de su ámbito, compartiendo dos centros, para completar horario.

4.4. Las personas que hayan participado en la convocatoria hecha pública por Resolución de 18 de mayo de 2007 (B.O.C. nº 109, de 1.6.07), y deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar la solicitud conforme a lo establecido anteriormente, y no tendrán que presentar de nuevo la documentación requerida, salvo que deban o deseen aportar nueva documentación.

5.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

5.1. La instancia y el resto de la documentación que se acompañe deberá presentarse, preferentemente, en las Direcciones Territoriales de Educación y Direcciones Insulares de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes sin perjuicio de los registros contemplados en el artículo 38, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre), en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14 de enero).

5.2. El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación anexa será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

6.- PLAZAS OFERTADAS.

6.1. Las plazas que se ofertan, así como su centro o ámbito de actuación, figuran relacionadas en el anexo II de la presente Resolución, separadas por programa, donde se especifica si son susceptibles o no de ser cubiertas por los mismos funcionarios o funcionarias que las venían ocupando durante el curso 2008/09, mediante la correspondiente prórroga, previa su participación en el presente procedimiento.

6.2. Todas las personas participantes podrán solicitar tanto las plazas vacantes iniciales como las susceptibles de prórroga, por si no fuera ejercido el derecho de prórroga previsto en el apartado segundo de la base segunda de la presente Resolución.

6.3. Las plazas ofertadas se adjudicarán siempre que no exista motivo educativo de interés general que imposibilite su puesta en funcionamiento.

7.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.

7.1. Todas las condiciones exigidas en esta convocatoria y los méritos que aleguen los concursantes han de tenerse cumplidos o reconocidos en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

7.2. Una vez transcurrido el citado plazo no podrán alterarse las peticiones, o incorporarse nueva documentación, ni siquiera cuando se trate del orden de prelación de las plazas solicitadas. Únicamente se podrán clarificar los aspectos que se indiquen desde la Comisión de Valoración en la adjudicación provisional.

8.- COMISIÓN DE VALORACIÓN.

8.1. La Dirección General de Personal designará una Comisión de Valoración integrada por:

- Presidente/a: el Jefe de Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General de Personal o persona en quien delegue.

- Vocales: dos funcionarios o funcionarias de carrera que se propongan por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

En el acto de su constitución, la Comisión de Valoración decidirá cuál de los vocales ejercerá las funciones de Secretario, que actuará con voz y voto.

La Comisión de Valoración podrá contar con la asistencia de los asesores que estime convenientes, que actuarán con voz pero sin voto.

8.2. La Comisión de Valoración ejercerá las siguientes competencias:

a) Determinar sus criterios de actuación, ajustándose a las bases de la presente convocatoria.

b) Comprobar que las personas participantes reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

c) Comprobar que quienes participen lo hagan por el apartado 2.2 puedan ejercer el derecho a renovar en la plaza que venían desempeñando durante el curso 2008/09.

d) Realizar el listado de participantes del apartado 2.2 donde se especifiquen los datos personales de los mismos y el destino donde renuevan, de acuerdo con el modelo que les será entregado por la Dirección General de Personal.

e) Valorar los méritos de aquellos concursantes que participan por el apartado 2.1 aplicando el baremo establecido en los anexos correspondientes según el programa por el que participa y que se establecen en las bases específicas de esta convocatoria.

g) Confeccionar las listas provisionales de las personas admitidas con expresión de la puntuación obtenida, así como de las excluidas con los motivos de exclusión y el orden provisional obtenido, elevándolas a la Dirección General de Personal para la adjudicación provisional y posterior publicación en las Direcciones Territoriales de Educación y Direcciones Insulares de Educación, Cultura y Deportes.

h) Estudiar las reclamaciones y renuncias a la adjudicación provisional.

i) Una vez estudiadas las reclamaciones y renuncias, elevar a la Dirección General de Personal las listas con las puntuaciones otorgadas y orden obtenido, para que la misma adjudique los destinos definitivos.

j) Una vez publicadas las listas definitivas, remitir el expediente completo a la Dirección General de Personal.

k) En caso de que se presenten recursos potestativos de reposición contra las listas definitivas, realizar los informes correspondientes a requerimiento de la Dirección General de Personal para su resolución.

9.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS PLAZAS.

9.1. Los funcionarios y funcionarias que participen desde la situación prevista en el apartado segundo de la base segunda de esta convocatoria, siempre que no medien informes técnicos que aconsejen lo contrario, tendrán derecho de prórroga para el curso 2009/10 en una plaza del mismo centro donde la están desempeñando en el curso 2008/09, con ocasión de vacante. En cualquier caso, el nombramiento en situación de adscripción provisional a cualquier interino o interina por este procedimiento está condicionado a la obtención de plaza para el curso 2009-2010 por todos los demás interinos que tengan mejor derecho, conforme al orden de su lista de interinidad.

9.2. En el caso de que varios participantes destinados en un mismo centro pretendan ejercer el citado derecho de prórroga, se les adjudicará destino atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

a) Mayor tiempo de permanencia ininterrumpida ocupando una plaza en comisión de servicios por convocatoria en el Centro o Equipo Zonal de Tutorías desde el que participa.

b) Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario de carrera en el Cuerpo desde el que participa.

c) Mayor antigüedad en el Cuerpo desde el que se participa.

d) Mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo desde el que accedió a la condición de funcionario de carrera.

e) Mayor tiempo de servicios como funcionario o funcionaria de carrera de Cuerpos docentes distintos del que se participa.

9.3. Para el resto de las personas participantes, así como los previstos en la base 2.2 que no hayan podido hacer efectivo su derecho de prórroga y hayan solicitado otras plazas, el orden de adjudicación de las plazas vendrá determinado por la puntuación obtenida de acuerdo con el baremo establecido en el anexo III de esta Resolución, así como por las preferencias expresadas por los participantes en su solicitud.

9.4. En el caso de empate en la puntuación obtenida, se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación en cada apartado o subapartado del baremo, según su orden de aparición en la correspondiente base específica de la presente Resolución. De persistir la igualdad, se recurrirá a la mayor antigüedad como funcionario o funcionaria de carrera. De resultar necesario, se utilizará como último criterio de desempate el año en que se convocó el procedimiento selectivo a través del cual ingresó en el Cuerpo y la puntuación con la que resultó seleccionado.

10.- LISTADOS DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL.

10.1. La Dirección General de Personal publicará en las Direcciones Territoriales de Educación y Direcciones Insulares de Educación, Universidades, Cultura y Deportes las listas provisionales de personas participantes admitidos, con expresión de la puntuación obtenida y adjudicación provisional de plazas, y personas excluidas, en la que constarán los motivos de exclusión.

10.2. Las personas participantes que, en la adjudicación provisional, obtengan destino en más de un programa, deberán optar, en el plazo previsto para presentar alegaciones, por uno sólo de ellos, debiendo renunciar al resto de los programas en los que hayan obtenido provisionalmente.

De no ejercer esta opción, la Administración, de oficio en la adjudicación definitiva, adjudicará destino en el orden siguiente:

1º) Programa "Apoyo a Invidentes".

2º) Programa "Unidades para la Atención Educativa en situaciones de enfermedad con permanencia prolongada en centros hospitalarios".

3º) Programa "Atención educativa al alumnado con discapacidad auditiva".

11.- PLAZO DE RECLAMACIONES.

11.1. El plazo para formular reclamaciones a las citadas listas, a la puntuación obtenida y a la adjudicación de plazas será de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación.

11.2. En el mismo plazo previsto en el subapartado precedente, podrán también las personas aspirantes presentar renuncia expresa y no condicionada a su participación en el procedimiento.

12.- LISTADOS DE ADJUDICACIÓN DEFINITIVA.

Estudiadas por la Comisión de Valoración las alegaciones formuladas contra la lista provisional y consideradas las renuncias presentadas, ésta elevará a la Dirección General de Personal propuesta de personas participantes admitidas y excluidas, con las puntuaciones otorgadas y orden obtenido.

La Dirección General de Personal adjudicará definitivamente las plazas ofertadas y publicará en los tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales de Educación y Direcciones Insulares de Educación, Cultura y Deportes la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, con expresión, en su caso, de los motivos de exclusión, así como de las puntuaciones otorgadas por cada apartado del baremo y, en su caso, el destino provisional adjudicado de forma definitiva, de acuerdo con las peticiones y la puntuación total alcanzada por las personas participantes.

En el caso de que las personas aspirantes participen en más de una convocatoria de comisiones de servicios para el curso 2009/10, y no hayan optado por una de ellas, renunciando al resto, en el plazo previsto para formular alegaciones y renuncias a la adjudicación provisional, la Dirección General de Personal procederá a adjudicar destino por el siguiente orden:

1º) Proyectos CLIL-AICLE.

2º) Programas Educativos, según el orden establecido en la convocatoria específica.

3º) Centros Canarios de Ejecución de Medidas Judiciales.

4º) Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI).

5º) Residencias Escolares.

6º) Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA)-Cuerpo de Maestros.

7º) Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA)-Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

8º) Centros de Educación a Distancia (CEAD).

13. COBERTURA DE PLAZAS VACANTES UNA VEZ FINALIZADO EL PROCEDIMIENTO.

13.1. Si quedaran plazas sin adjudicar o éstas quedaran vacantes a lo largo del curso, podrán proveerse, a propuesta de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, mediante comisión de servicios o adscripción provisional durante el curso 2009/10, por funcionarios o funcionarias de carrera o interinos o interinas con destino en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, avaladas con el informe favorable de la Inspección Educativa.

13.2. Las plazas que queden sin cubrir, según lo previsto anteriormente, serán ofertadas en los nombramientos del curso 2009/10.

14.- INCOMPATIBILIDAD Y RENUNCIA A LA COMISIÓN DE SERVICIOS.

14.1. En ningún caso se podrá obtener plaza por la presente convocatoria si se hubiera obtenido otra plaza en comisión de servicios o adscripción provisional para el curso 2009/10.

14.2. Una vez publicada la adjudicación definitiva no se aceptará la renuncia a la plaza obtenida, quedando el profesorado adscrito en comisión de servicios o adscripción provisional al puesto para el que haya sido nombrado, salvo que la propia Administración, por razones del servicio, revoque su concesión.

15.- TOMA DE POSESIÓN.

15.1. La toma de posesión del destino adjudicado en comisión de servicios o adscripción provisional por la presente convocatoria se llevará a efecto en la fecha que disponga la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes en sus normas reguladoras del comienzo del curso 2009/10.

15.2. Los profesores o profesoras que obtengan plaza mediante el presente procedimiento desempeñarán las funciones correspondientes a los Programas Educativos, de acuerdo con la normativa vigente y con las instrucciones que dicten las Direcciones Generales de Promoción Educativa y de Ordenación e Innovación Educativa.

16.- VIGENCIA DE LOS NOMBRAMIENTOS.

16.1. La comisión de servicios o adscripción provisional tendrá validez únicamente para el curso escolar 2009/10 y, en todo caso, hasta el 31 de agosto de 2010.

16.2. El destino obtenido para el curso 2009/10 por este procedimiento se podrá prorrogar durante el curso 2010/11, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que la persona interesada lo solicite expresamente.

b) Que la persona interesada haya ocupado efectivamente la plaza durante el curso 2009/10.

c) Que la plaza conserve idénticas características a las de la presente convocatoria.

d) Que no exista informe motivado desfavorable del Servicio de Inspección Educativa desaconsejando su continuidad, de acuerdo con las necesidades del Programa correspondiente.

16.3. Las plazas obtenidas por el procedimiento de prórroga sólo podrán ser ejercidas durante el curso 2009/10, debiendo participar nuevamente en la convocatoria correspondiente, si se deseara continuar desempeñando actividades en los Programas Educativos.

17.- INTERPRETACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.

Corresponde a la Dirección General de Personal resolver cualquier duda o reclamación planteada acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la modificación de los plazos fijados en la misma, si fuera necesario.

18.- PRESENCIA SINDICAL.

Se garantiza la presencia de los sindicatos representativos del sector en el procedimiento regulado por la presente Resolución.

19.- SEDE ELECTRÓNICA.

En el caso de la creación, a lo largo del presente procedimiento, de la sede electrónica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se actuará conforme a lo establecido en los artículos 11 y 12 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

A N E X O B

BASES ESPECÍFICAS

A) APOYO A INVIDENTES.

1. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS PARTICIPANTES:

1.1. Ser funcionario o funcionaria de carrera o personal interino del Cuerpo de Maestros en situación de servicio activo y con destino para el curso 2008/09 en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.

1.2. Estar en posesión, o bien haber abonado los derechos para su expedición, del título de la especialidad de Pedagogía Terapéutica, o estar habilitado en dicha especialidad.

Documentación acreditativa: documentación de habilitación o título correspondiente, original o fotocopia compulsada.

B) UNIDADES PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA EN SITUACIONES DE ENFERMEDAD CON PERMANENCIA PROLONGADA EN CENTROS HOSPITALARIOS.

1. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS PARTICIPANTES:

1.1. Ser funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros en situación de servicio activo y con destino para el curso 2008/09 en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.

C) ATENCIÓN EDUCATIVA AL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD AUDITIVA DE LAS PLAZAS DE AUDICIÓN Y LENGUAJE:

1.1. Ser funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros en situación de activo y con destino para el curso 2008/09 en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.

1.2. Estar en posesión o haber abonado los derechos para su expedición, del título de especialista de maestro de Audición y Lenguaje o Logopedia o estar habilitado.

Documento acreditativo: documentación de habilitación o título correspondiente, original o fotocopia compulsada.

Ver anexos - páginas 12335-12349

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