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BOC Nº 115. Miércoles 17 de Junio de 2009 - 921

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

921 - ORDEN de 4 de junio de 2009, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales en el Consejo Escolar de Canarias.

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Vista la comunicación relativa al cese y nombramiento de vocales en el Consejo Escolar de Canarias, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Orden de 25 de octubre de 2005, por la que se procede al cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes, por renovación en el Consejo Escolar de Canarias (B.O.C. nº 215, de 3 de noviembre), dispuso el nombramiento de Dña. María Dolores Hernández Arrocha como vocal suplente, en representación de la Confederación de Padres y Madres de Alumnos "Archipiélago Canario" (CONREAPAS).

Segundo.- La Orden de 11 de julio de 2006, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes en el Consejo Escolar de Canarias (B.O.C. nº 148, de 1 de agosto), dispuso el nombramiento de Dña. Sebastiana González Melián, como vocal titular, y de Dña. Ángeles Rodríguez Padilla, como vocal suplente, en representación de la Confederación de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas "Escuela Canaria" (CONFAPASEC).

Tercero.- La Orden de 3 de diciembre de 2007, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se procede al cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes, por renovación en el Consejo Escolar de Canarias (B.O.C. nº 253, de 20 de diciembre), dispuso los nombramientos de Dña. Olga Mendoza Mayor, como vocal titular, y de D. Antonio Martín Román, como vocal suplente, en representación de la Confederación de Padres y Madres de Alumnos "Archipiélago Canario" (CONREAPAS).

Cuarto.- El día 21 de mayo de 2009 tiene registro de entrada en esta Consejería propuesta de nombramientos de nuevos vocales titulares y suplentes por parte de la Confederación de Apas de Canarias (CONFAPACANARIAS).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Territorial 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares (B.O.C. nº 49, de 20 de abril), establece, en su artículo 6.1, letra b), que serán vocales del Consejo Escolar de Canarias seis padres de alumnos propuestos por las confederaciones o federaciones de asociaciones de padres de alumnos en proporción a su representatividad.

Segundo.- La citada Ley dispone, además, en su artículo 6.3 que al nombramiento de vocales titulares habrá de unirse el nombramiento de suplentes designados por el mismo procedimiento indicado en el apartado 1 de dicho artículo, y en su artículo 17.2, que en el caso de que algún miembro del Consejo pierda dicha condición con anterioridad a la conclusión de su mandato, será sustituido por el procedimiento establecido para su nombramiento, entendiéndose que el nuevo vocal será nombrado por el tiempo que reste para la conclusión del mandato de quien produjo la vacante.

Tercero.- En consecuencia y por aplicación del artículo 17.1.g) de la Ley Territorial 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares, y artículo 11.1.e) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, aprobado por Decreto 36/2003, de 24 de marzo (B.O.C. nº 77, de 23 de abril), y a propuesta de la Confederación de Apas de Canarias (CONFAPACANARIAS), se procede al cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes en el Consejo Escolar de Canarias.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 6.1.b) y 17, apartados 1.g) y 2, de la Ley Territorial 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares, y artículo 11.1.e) del Decreto 36/2003, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, y en ejercicio de la facultad atribuida por el artículo 14 de la citada Ley,

D I S P O N G O:

Primero.- El cese de Dña. María Dolores Hernández Arrocha, como vocal suplente de Dña. Emma Cabrera Toribio, y el nombramiento en su sustitución de Dña. Ana López Da Silva Santos.

Segundo.- El cese de Dña. Olga Mendoza Mayor, como vocal titular, y el nombramiento en su sustitución de D. Antonio Martín Román, que cesa como vocal suplente.

Tercero.- El nombramiento de Dña. Alicia Gloria Reyes Hernández como vocal suplente de D. Antonio Martín Román.

Cuarto.- El cese de Dña. Sebastiana González Melián como vocal titular y el nombramiento en su sustitución de Dña. Ángeles Rodríguez Padilla, que cesa como vocal suplente.

Quinto.- El nombramiento de Dña. Raquel Martín Ferraz como vocal suplente de Dña. Ángeles Rodríguez Padilla.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de junio de 2009.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.

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