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BOC Nº 119. Lunes 22 de Junio de 2009 - 2376

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria

2376 - EDICTO de 21 de mayo de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000207/2009.

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Dña. María Teresa Oliver Guerra, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

D. Jorge David Ramos Cabrera, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria de esta ciudad y de este Partido Judicial, ha visto los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, de desahucio, nº 0000207/2009, seguidos en este Juzgado a instancia de Befico, S.L., representada por el Procurador D. Francisco de Bethencourt Manrique de Lara, y dirigido por el Letrado D. Alfonso Rodríguez Martín, contra 2021 Alimentacanarias, S.A., y ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente sentencia:

FALLO

Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre la entidad Befico, S.L. y la entidad 2021 Alimentacanarias, S.A., sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda dando lugar al desahucio solicitado y condenando al demandado a que, dentro del término legal, lo desaloje y deje libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si ni lo verifica, condenándole asimismo a abonar al actor la cantidad de 10.825,60 euros en concepto de rentas, más las que vayan devengando hasta que quede a disposición del actor, intereses legales e imponiéndole expresamente las costas de este juicio al demandado.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, en rebeldía e ignorado paradero expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de mayo de 2009.- El/la Secretario/a.

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