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No habiéndose podido practicar la notificación a Dña. Noelia Ascanio Pérez, del recurso de reposición de fecha 6 de mayo de 2009, en los términos del apartado primero del artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Primero.- Desestimar el recurso interpuesto por Dña. Noelia Ascanio Pérez confirmando, en consecuencia, la Resolución nº 3517, de 14 de noviembre de 2009, en todos sus términos por encontrarla ajustada a derecho.
Notifíquese la presente Resolución al recurrente y demás interesados, con los requisitos a que se refiere el artículo 58.2, de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, advirtiéndoles de que la misma agota la vía administrativa, y contra la cual cabe interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de junio de 2009.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.
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