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Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Mark Andrew Froggatt, por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Director Insular de Innovación y Desarrollo de Proyectos se ha dictado Resolución, de fecha 7 de abril de 2009, recaída en el expediente AC 116/2009 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Adeje y a Mark Andrew Froggatt, para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada, que se deberá aportar en anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial y que es la siguiente:
- Aplicación y cumplimiento del Código Técnico de la Edificación, incidiendo de manera expresa en los artículos 11 "Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio", 12 "Exigencias básicas de seguridad de utilización" y 13 "Exigencias básicas de salubridad", haciendo, en este último artículo, referencia expresa en la calidad del aire interior.
- Justificación, con planos de detalle, descripción de las características, etc., de que las extracciones previstas serán realizadas por conducto independiente hasta la cubierta de la edificación, donde no molesten a vecinos ni transeúntes, salvo que las disposiciones municipales las permitan explícitamente a otros lugares. Asimismo, justificación de que el conducto estará provisto de aislamiento y revestimiento suficientes para evitar que la radiación de calor y que la producción y/o transmisión de ruidos y vibraciones se transmita a las propiedades contiguas."
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de junio de 2009.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.
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