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BOC Nº 133. Viernes 10 de Julio de 2009 - 2688

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2688 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 25 de junio de 2009, del Director, relativo a notificación a Dña. Yaiza Expósito Careno de requerimiento de documentación para la tramitación de su solicitud de subvención de las previstas en el programa Promoción del empleo autónomo.- Expte. 09-38/01882.

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Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por la interesada, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Dña. Yaiza Expósito Careno, del requerimiento de fecha 2 de junio de 2009, y número de registro 365427, cuyo tenor literal es el siguiente:

Asunto: requerimiento de documentación preceptiva para la tramitación de subvenciones del programa promoción del empleo autónomo.

En relación con su solicitud de fecha 1 de abril de 2009, presentada en estas dependencias el día 1 de abril de 2009, con el número de registro de entrada 419791, a los efectos de acogerse a la subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia, de las previstas en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo (B.O.E. nº 136, de 7.6.07), se le requiere para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, presente en este organismo una copia debidamente compulsada de la siguiente documentación:

· Declaración responsable del solicitante de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el anexo IV de la solicitud (esta declaración ha de cumplimentarse ante un funcionario).

La subsanación de las deficiencias señaladas en los párrafos anteriores, dentro del plazo establecido, significa la admisión a trámite de su solicitud, si bien no presupone la aprobación de la subvención interesada.

Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada.- En Santa Cruz de Tenerife, a 2 de junio de 2009.- La Jefe de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de junio de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

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