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BOC Nº 134. Lunes 13 de Julio de 2009 - 2719

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria

2719 - EDICTO de 17 de abril de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0001003/2008.

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Dña. Beatriz Rallo Valluerca, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de marzo de dos mil nueve.

Dña. Beatriz Rallo Valluerca, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, habiendo visto los presente autos de juicio ordinario 1003/2008 seguidos ante este Juzgado, entre partes de una demandante: Dña. Carmen Friend Pérez asistida por el Letrado Sr. Rojas Friend y representada por el Procurador Sr. Ojeda Rodríguez y de otra como demandado: Promociones Canteras, S.A., sin Letrado ni Procurador, sobre reclamación de cantidad.

Vistos por el Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, bajo el nº 0001003/2008, seguidos a instancia de Dña. Carmen Friend Pérez, representada por el Procurador D. Francisco Ojeda Rodríguez, y dirigida por el Letrado D. Vicente J. Rojas Friend, contra Promociones Canteras, S.A., en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ojeda Rodríguez en nombre y representación de Dña. Carmen Friend Pérez contra Promociones Canteras, S.A., debo declarar y declaro la validez del contrato privado de compraventa de fecha 19 de marzo de 1984 suscrito entre D. Vicente Rojas Mateos y la entidad mercantil Promociones Canteras, S.A., debidamente representada por sus representantes legales, por el que esta última transmitió al primero las fincas:

- URBANA.- Treinta y dos, plaza de garaje, situada en la planta sótano del edificio construido sobre la parcela nº cinco de la Urbanización Ciudad del Mar. Se distingue con el nº 57. Ocupa una superficie de doce metros y noventa centímetros cuadrados (12,90 m2) y linda: al norte, con plaza de garaje nº 58, al sur con zona común de rodamiento y acceso y al oeste con plaza de garaje nº 79. Su cuota de participación es de 0,1890%. Referencia Catastral: 9490903DS5099S0057XK.

- URBANA.- Treinta y tres, plaza de garaje, situada en la planta sótano del edificio construido sobre la parcela nº cinco de la Urbanización Ciudad del Mar Sector de Triana. Se distingue con el nº 58. Ocupa una superficie de trece metros y veintidós centímetros cuadrados (13,22 m2) y linda: al norte, con plaza de garaje nº 59, a1 sur con plaza de garaje nº 57, al este con zona común de rodamiento y acceso y al oeste con plaza de garaje nº 79. Su cuota de participación es de 0,1930%. Referencia Catastral: 9490903DS5099S0058ML; debiendo absolver y absuelvo a Promociones Canteras, S.A. del resto de pedimentos contra la misma formulados y todo ello sin hacer expresa condena en costas procesales.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457 LEC).

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior resolución por el/la Sr./a. Magistrada-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Las Palmas de Gran Canaria.

AUTO

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de abril de dos mil nueve.

PARTE DISPOSITIVA

Que debo rectificar el fallo de la sentencia dictada con fecha 27 de marzo de 2009 en autos de juicio ordinario nº 1003/2008 seguidos ante este Juzgado y donde dice "... debo declarar y declaro la validez del contrato privado de compraventa de fecha 19 de marzo de 1984 suscrito entre D. Vicente Rojas Mateos y la entidad mercantil Promociones Canteras, S.A., debidamente representada por sus representantes legales, por el que esta última transmitió al primero, las fincas:

- URBANA.- Treinta y dos, plaza de garaje, situada en la planta sótano del edificio construido sobre la parcela nº cinco de la Urbanización Ciudad del Mar. Se distingue con el nº 57. Ocupa una superficie de doce metros y noventa centímetros cuadrados (12,90 m2) y linda: al norte, con plaza de garaje nº 58, al sur con zona común de rodamiento y acceso y al oeste con plaza de garaje nº 79. Su cuota de participación es de 0,1890%. Referencia Catastral: 9490903DS5099S0057XK;

- URBANA.- Treinta y tres, plaza de garaje, situada en la planta sótano del edificio construido sobre la parcela nº cinco de la Urbanización Ciudad del Mar. Sector de Triana. Se distingue con el nº 58. Ocupa una superficie de trece metros y veintidós centímetros cuadrados (13,22 m2) y linda: al norte, con plaza de garaje nº 59, al sur con plaza de garaje nº 57, al este con zona común de rodamiento y acceso y al oeste con plaza de garaje nº 79. Su cuota de participación es de 0,1930%. Referencia Catastral: 9490903DS5099S0058ML; ..." debe decir "... debo declarar y declaro la validez del contrato privado de compraventa de fecha 19 de marzo de 1984 suscrito entre D. Vicente Rojas Mateos y la entidad mercantil Promociones Canteras, S.A., debidamente representada por sus representantes legales, por el que esta última transmitió al primero las fincas:

- URBANA.- Treinta y dos, plaza de garaje, situada en la planta sótano del edificio construido sobre la parcela nº cinco de la Urbanización Ciudad del Mar. Se distingue con el nº 57. Ocupa una superficie de doce metros y noventa centímetros cuadrados (12,90 m2) y linda: al norte, con plaza de garaje nº 58, al sur con zona común de rodamiento y acceso y al oeste con plaza de garaje nº 79. Su cuota de participación es de 0,1890%. Referencia Catastral: 9490903DS5099S0057XK, inscrita en el Registro de la Propiedad nº Uno de Las Palmas de Gran Canaria, al tomo 1140, libro 305, folio 146, inscripción 1ª, finca nº 24098;

- URBANA.- Treinta y tres, plaza de garaje, situada en la planta sótano del edificio construido sobre la parcela nº cinco de la Urbanización Ciudad del Mar, Sector de Triana. Se distingue con el nº 58. Ocupa una superficie de trece metros y veintidós centímetros cuadrados (13,22 m2) y linda: al norte, con plaza de garaje nº 59, al sur con plaza de garaje nº 57, al este con zona común de rodamiento y acceso y al oeste con plaza de garaje nº 79. Su cuota de participación es de 0,1930%, Referencia Catastral: 9490903DS5099S0058ML, inscrita en el Registro de la Propiedad nº Uno de Las Palmas de Gran Canaria, al tomo 1140, libro 305, folio 149, inscripción 1ª, finca nº 24100; ...".

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso.

Así por este Auto lo acuerda, manda y firma, Dña. Beatriz Rallo Valluerca, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria, Doy fe.- La Magistrada-Juez.- La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de abril de 2009.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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