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BOC Nº 135. Martes 14 de Julio de 2009 - 2748

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana

2748 - EDICTO de 3 de junio de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000821/2007.

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JUZGADO DE:Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana.

JUICIO: ordinario 0000821/2007.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Christa Elisabeth Dilly.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Ludvig Johannes Brünig, Emilie Mag Brünig y Werner Lücke.

SOBRE: acción declarativa de dominio.

En el juicio referenciado, se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 30 de enero de 2009.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por la Procuradora de los tribunales, Dña. María del Mar Montesdeoca Calderín, en nombre y representación de Dña. Christa Elisabeth Dilly, se interpuso demanda de juicio ordinario contra D. Ludvig Johannes Brünig, Dña. Emilie Mag Brünig y D. Werner Lücke, el día 23 de noviembre de 2007."

"FALLO

Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. María del Mar Montesdeoca Calderín, en nombre y representación de Dña. Christa Elisabeth Dilly contra D. Ludvig Johannes Brünig, Dña. Emilie Mag Brünig y D. Werner Lücke y esposa, declarando:

1º) La titularidad dominical de Dña. Christa Elisabeth Dilly de la finca nº 1-8.957 inscrita en el Libro 113, tomo 814, folio 64, inscripción 2ª del Registro de la Propiedad nº 2 de San Bartolomé de Tirajana.

2º) Que se rectifique la inscripción en el Registro de la Propiedad de San Bartolomé de Tirajana nº 2 y se inscriba a favor de Dña. Christa Elisabeth Dilly expidiéndose a tal fin el oportuno mandamiento judicial con inserción literal del fallo de la presente resolución judicial dirigido al Registro de la Propiedad de San Bartolomé de Tirajana nº 2, a los fines de cumplir lo acordado.

3º) No procede la imposición de las costas procesales causadas en esta instancia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 5 días contados desde el siguiente a partir de su notificación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Las Palmas.

Llévese el original al Libro de Sentencias, expidiéndose copias a las partes.

Así lo pronuncio, mando y firmo en nombre de su Majestad el Rey.

PUBLICACIÓN. La anterior Sentencia ha sido dada, leída y publicada por Dña. Pino Esther Hormiga Franco, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana y de su partido judicial, que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el lugar y día indicados, de lo que yo el Secretario doy fe."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de fecha de hoy el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia para llevar a efecto la diligencia de notificación a los demandados.

En San Bartolomé de Tirajana, a 3 de junio de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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