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BOC Nº 135. Martes 14 de Julio de 2009 - 2749

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana

2749 - EDICTO de 9 de junio de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000703/2007.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana.

JUICIO: ordinario 0000703/2007.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Hans Rummelsberger y Erika Rummelsberger.

PARTE DEMANDADA: Viajes Sonnentravel, S.L. y Forin Maspalomas, S.L.

SOBRE: nulidad de contrato y reclamación de cantidad.

En el juicio referenciado, se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 20 de octubre de 2008.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por la Procuradora de los tribunales, Dña. María del Mar Montesdeoca Calderín, en nombre y representación de D. Hans Rummelsberger y Dña. Erika Rummelsberger, se interpuso demanda de juicio ordinario contra Viajes Sonnentravel, S.L. y Forin Maspalomas, S.L. el día 16 de octubre de 2007."

"FALLO

Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. María del Mar Montesdeoca Calderín, en nombre y representación de D. Hans Rummelsberger y Dña. Erika Rummelsberger, contra Viajes Sonnentravel, S.L. y Forin Maspalomas, S.L. en rebeldía procesal, declarando la nulidad del contrato suscrito entre los actores y Viajes Sonnentravel, S.L. el día 20 de febrero de 2007 con número de identificación 6139S-10, condenando además a Viajes Sonnentravel al pago a los actores de la cantidad de 7.200 euros y a Forin Maspalomas al pago de la cantidad de 1.000 euros, más los intereses legales, con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia a las sociedades demandadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 5 días contados desde el siguiente a la notificación de aquélla ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Las Palmas.

Llévese el original al Libro de Sentencias, expidiéndose copias a las partes, quedando copia del original debidamente testimoniada en las actuaciones.

Así lo pronuncio, mando y firmo en nombre de su Majestad el Rey."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de fecha de hoy el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, para llevar a efecto la diligencia de notificación a la entidad Viajes Sonnentravel, S.L.

En San Bartolomé de Tirajana, a 9 de junio de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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