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BOC Nº 138. Viernes 17 de Julio de 2009 - 1110

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1110 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 8 de julio de 2009, del Director, de declaración de crédito disponible para la convocatoria de subvenciones en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales Insulares de Canarias o con entidades dependientes o vinculadas a ellas, que contraten trabajadores desempleados procedentes del sector de la construcción para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2009 (anexo V), convocadas mediante Resolución del Presidente del Servicio Canario de Empleo de 11 de febrero de 2009 y corregida por Resoluciones de 25 de febrero y 8 de abril de 2009.

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En el Boletín Oficial de Canarias nº 34, de 19 de febrero de 2009 se publicó la Resolución de 11 de febrero de 2009, del Presidente del Servicio Canario de Empleo (S.C.E.), por la que se aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones, en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales Insulares de Canarias o con entidades dependientes o vinculadas a ellas, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ejercicio 2009, corregida por Resoluciones de 25 de febrero de 2009 (B.O.C. nº 46, de 9.3.09) y de 8 de abril de 2009 (B.O.C. nº 75, de 21.4.09).

El resuelvo segundo establece que las subvenciones previstas en la citada convocatoria se financiarán con cargo al crédito consignado en cada uno de los anexos de esta Resolución, teniendo carácter estimativo, ya que el párrafo tercero del citado resuelvo segundo dispone que el volumen total de las subvenciones a conceder dentro del ejercicio presupuestario de 2009 no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, en cuyo caso, y de conformidad con lo establecido en el artículo 58, punto 2, apartado 4º, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no será necesaria nueva convocatoria.

Toda vez que se ha producido una incorporación de crédito en la línea 2009: 15.01.322H.460.00 23453601 "Convenios con Corporaciones Locales", por lo que existe un crédito disponible para esta convocatoria de doscientos veinticuatro mil trescientos ochenta y tres euros con seis céntimos (224.383,06 euros), es de aplicación el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se establece que el órgano concedente deberá publicar la declaración de crédito disponible y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Por ello, se dispone la publicación de la ampliación aprobada en el Boletín Oficial de Canarias, con carácter previo a la resolución de concesión, por lo que la distribución definitiva del crédito total para la convocatoria correspondiente al anexo V de la Resolución de 11 de febrero de 2009 queda establecida del siguiente modo:

2009.15.01.322H.460.00 PILA 15400901 "PIEC Fomento de la Empleabilidad de los Residentes en Canarias", por un importe de dos millones quinientos mil (2.500.000,00) euros.

2009: 15.01.322H.460.00 PILA 23453601 "Convenios con Corporaciones Locales" por un importe de doscientos veinticuatro mil trescientos ochenta y tres euros con seis céntimos (224.383,06 euros).

Por lo que la cuantía total destinada a financiar esta convocatoria queda establecida en dos millones setecientos veinticuatro mil trescientos ochenta y tres euros con seis céntimos (2.724.383,06 euros).

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de julio de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

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