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BOC Nº 139. Lunes 20 de Julio de 2009 - 2837

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

2837 - Secretaría General Técnica.- Anuncio de 6 de julio de 2009, por el que se hace pública la Orden de esta Consejería que resuelve el expediente sancionador seguido a Dña. María Eladia Martín Brito, con N.I.F. 42.915.744K, titular del centro para personas mayores denominado Aída, sito en la calle Chimia, 17, del municipio de Arrecife (Lanzarote).

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Mediante Orden nº 660, de 24 de junio de 2009, se resuelve el expediente sancionador seguido a Dña. María Eladia Martín Brito, con N.I.F. 42.157.744K, titular del centro para personas mayores denominado Aída, sito en la calle Chimia, 17, del municipio de Arrecife, en la isla de Lanzarote, por la comisión de dos infracciones administrativas tipificadas como muy graves en los apartados e) y g) del artículo 45 de la Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones, modificada por la Ley 2/1999, de 4 de febrero, estableciendo la sanción de multa de 30.050,62 euros. Las mismas se imponen en su cuantía mínima correspondiendo una multa de 15.025,31 euros por cada una de ellas.

Se sanciona igualmente con la clausura del referido centro de mayores, condicionada su duración a la obtención de la preceptiva autorización de apertura y puesta en funcionamiento, exigida por el Decreto 63/2000, de 25 de abril, por el que se regula la ordenación, autorización, registro, inspección y régimen de infracciones y sanciones de centros para personas mayores y sus normas de régimen interno.

La referida Orden es notificada personalmente a la inculpada el 29 de junio de 2009.

De conformidad con lo establecido en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por razones de interés público, se estima conveniente la publicación de la sanción acordada en la Orden referida, consistente en la clausura del establecimiento.

La Orden referida pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, o bien interponer previamente en vía administrativa el recurso de reposición potestativo ante esta Consejería, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a que tenga lugar su notificación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 2009.- El Secretario General Técnico, Francisco Hernández Padilla.

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