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BOC Nº 139. Lunes 20 de Julio de 2009 - 2843

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2843 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 30 de junio de 2009, relativo al depósito de documentación sobre la constitución de la asociación empresarial denominada Asociación de Agricultores y Ganaderos de la Comarca de Telde y la isla de Gran Canaria (AGAMC).

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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo, al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria, mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero; y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (B.O.C. nº 249, de 14.12.07), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de los estatutos de la asociación empresarial que se detalla:

DENOMINACIÓN: Asociación de Agricultores y Ganaderos de la Comarca de Telde y la isla de Gran Canaria (AGAMC).

ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.

DOMICILIO: Parque de San Juan (bajo, local 13, Circunvalación de Telde), 35200-Telde.

ÁMBITO FUNCIONAL: podrán ser miembros de la Asociación las personas físicas, con capacidad de obrar, no sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho de asociación; los menores no emancipados de más de catorce años con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad; y las personas jurídicas; que desarrollen actividades agrícolas y/o ganaderas durante todo el año o temporalmente, que sean presentados/avalados por dos socios, que soliciten ser admitidos y que efectivamente lo sean en reunión de la Junta Directiva.

También podrán ser miembros de la Asociación aquellas personas que deseen prestar ayuda tanto jurídica como cualquier otra personal, así lo soliciten y sean efectivamente admitidos por la Junta Directiva.

FIRMANTES DEL ACTA DE CONSTITUCIÓN: D. Esteban Betancor Ramírez y D. Tomás Rocha Domínguez.

Los interesados podrán formular, por escrito, las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días, contados a partir de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de junio de 2009.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

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