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Detectado error material en el texto remitido para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Única.- De conformidad con lo previsto en el artº. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
En su virtud, y en el ejercicio de competencias que tengo atribuidas,
R E S U E L V O:
Rectificar el error material producido en el anexo I, dentro del listado de solicitudes aceptadas, en concreto, el correspondiente al C.I.F. de la empresa beneficiaria Frutas El Lomo, S.L. (LP.TIC/0168), en los siguientes términos:
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