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BOC Nº 148. Viernes 31 de Julio de 2009 - 1193

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1193 - ORDEN de 16 de julio de 2009, por la que se aprueba la modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua, para su aplicación en el municipio de Telde.

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I. ANTECEDENTES

1º) Con fecha 6 de abril de 2009, tiene entrada en este Departamento solicitud de modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua, a instancia de la empresa Aguas de Telde, Gestión Integral del Servicio, S.A., para su aplicación en el municipio de Telde, habiendo sido completada la documentación el día 27 de mayo de 2009, previo requerimiento notificado el día 13 de mayo de 2009 y tramitándose bajo el expediente nº P 6/2009-LP.

2º) En sesión celebrada el día 15 de junio de 2009, el Grupo de Trabajo de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas elaboró el correspondiente informe, acordándose su elevación al Pleno de la citada Comisión.

3º) A la vista del informe, la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, en su sesión plenaria celebrada el mismo día 15 de junio de 2009, dictaminó modificar las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua, para su aplicación en el municipio de Telde, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el acta de la sesión y en el informe del Grupo de Trabajo, que serán debidamente notificados a los interesados.

4º) Mediante escrito de fecha 1 de julio de 2009, se dio trámite de audiencia previo a la Propuesta de Resolución, por plazo de diez días hábiles, al interesado, para que manifestara cuantas consideraciones tuviera por conveniente sobre el acuerdo tomado por la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas en sesión celebrada el 15 de junio de 2009, a cuyo efecto se le remitió copia de la certificación del acta de dicha sesión y copia del Informe del Grupo de Trabajo, no constando contestación al mismo.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 64/2000, de 24 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.

Segunda.- A este expediente le son de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; y el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.

Vistos, además de los preceptos citados, los Decretos Territoriales 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica; 206/2007, de 13 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (B.O.C. nº 141, de 14.7.07); 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 145, de 19.7.06), y el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (B.O.C. nº 249, de 14.12.07), y demás disposiciones de general o particular aplicación.

En uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Aprobar la modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua, para su aplicación en el municipio de Telde, las cuales quedarán establecidas en las cuantías siguientes:

AGUAS DE AGAETE


Tarifas Importe en euros


Consumo doméstico general:


Cuota del servicio 15,21



Hasta 8 m3 0,00

De 9 a 30 m3 1,42

De 31 a 45 m3 1,80

Más de 45 m3 2,54


Consumo doméstico (familias numerosas):


Cuota del servicio 0,00



Hasta 8 m3 0,00

De 9 a 30 m3 1,42

Más de 30 m3 1,80


Consumo doméstico (pensionistas):


Cuota del servicio 0,00

Hasta 8 m3 0,00

De 9 a 30 m3 1,42

De 31 a 45 m3 1,80

Más de 45 m3 2,54


Consumo doméstico (asociaciones de vecinos y otras entidades con fines culturales, recreativos y deportivos):


Cuota del servicio 0,00

Hasta 8 m3 0,00

De 9 a 30 m3 1,42

De 31 a 45 m3 1,80

Más de 45 m3 2,54


Consumo industrial, de obras, organismos oficiales y comunidades de vecinos:


Cuota del servicio 15,21

Tarifa única 1,89


Consumos municipales:


Cuota del servicio 15,21

Dependencias 1,46

Parques y jardines 0,88


La aplicación de las tarifas se hará con carácter bimestral.

Estas tarifas surtirán efecto a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de julio de 2009.

EL CONSEJERO DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Jorge Marín Rodríguez Díaz.

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