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BOC Nº 149. Lunes 3 de Agosto de 2009 - 3092

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Turismo

3092 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 21 de julio de 2009, sobre notificación de Resolución de revocación de título-licencia, a titular de agencia de viajes de ignorado paradero.

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No habiéndose podido practicar a D. Uwe Franz Berberich y a Dña. María Dolores Carbonell Domínguez, la notificación de la Resolución nº 761, inscrita en el Libro de Resoluciones de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, con fecha 13 de mayo de 2009, en los términos del apartado primero del artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a D. Uwe Franz Berberich y a Dña. María Dolores Carbonell Domínguez, Administradores solidarios de la entidad mercantil Viajes Maspalomas Aventura, S.L., titular de la Agencia de Viajes Viajes Maspalomas Aventura, S.L., la siguiente Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, inscrita en el Libro de Resoluciones con nº 761 y fecha 13 de mayo de 2009:

"Resolución de fecha 11 de mayo de 2009, de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, por la que se revoca el título-licencia de agencia de viajes concedido a la entidad mercantil Maspalomas Aventura, S.L.

Visto el escrito presentado con fecha 16 de octubre de 2007, con registro de entrada nº 1281981, por Dña. Olga Novellón, en nombre y representación de la entidad aseguradora Seguros Catalana Occidente, S.A., por el que comunica el impago de la póliza del Seguro de Caución, depositado en la Consejería de Economía y Hacienda, por la Agencia de Viajes Maspalomas Aventura, S.L., C.I.F. B-35825637, con fecha 7 de septiembre de 2006.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 13 de diciembre de 2006, se dictó Resolución de esta Dirección General, nº 1805, por la que se concede título-licencia de agencia de viajes a Maspalomas Aventura, S.L., con Código Identificativo IC-524, del grupo minorista y oficina principal en la Avenida de Tirajana, 10, Edificio Excelsior I, local 20, Playa del Inglés (San Bartolomé de Tirajana-Gran Canaria), no hay constancia, en los datos obrantes en esta Dirección General, de la notificación de dicha Resolución a la entidad mercantil.

Segundo.- Con fechas 26 y 27 de junio de 2007 el Servicio de Inspección y Sanciones emite informes en los que señala que en el local autorizado en la actualidad, figura un cartel de la agencia de viajes Viajes Maspalomas Aventura, pero se desarrolla la actividad de alquiler de coches por la empresa Rent a Car Autos Drago. El cierre de la agencia de viajes no se ha comunicado a esta Dirección General, incurriendo en causa de revocación de conformidad con lo establecido en el artículo 11.f) del Decreto 135/2000, de 10 de julio.

Tercero.- Con fecha 24 de noviembre de 2008 se abre un período de diez días de trámite de audiencia, previo al inicio del procedimiento de revocación de título-licencia, el cual se notifica a los administradores solidarios de la entidad mercantil mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias (B.O.C. nº 44, de 5.3.09) y edicto en el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.

Cuarto.- Esta Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, transcurrido el período de trámite de audiencia, no teniendo respuesta al mismo, inicia procedimiento de revocación de título-licencia, por inactividad comprobada durante un período superior a seis meses.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Decreto 135/2000, de 10 de julio, por el que se regulan las agencias de viajes, establece en su artículo 11 que, será causa de revocación del título-licencia de agencia de viajes la inactividad comprobada de la agencia durante más de seis meses.

Segundo.- Resultando que es la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, el órgano competente para adoptar la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2, letra A).d), del Decreto 240/2008, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, por el que se atribuye a esta Dirección General la actuación administrativa en materia de Agencias de Viajes.

R E S U E L V O:

Primero.- Revocar el título-licencia de agencia de viajes a la entidad mercantil Maspalomas Aventura, S.L., perteneciente al grupo minorista, con código de identificación I.C. 524, con sujeción a lo preceptuado en el Decreto 135/2000, de 10 de julio, por el que se regulan las agencias de viajes, y demás disposiciones aplicables, debiendo proceder al cierre de todos sus establecimientos si no lo estuvieran con anterioridad.

Segundo.- Anular el código de identificación I.C. nº 524, perteneciente al grupo minorista, otorgado mediante la Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, de fecha 9 de noviembre de 2005, por la que se concedió el título-licencia de agencia de viajes a la citada entidad mercantil.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Turismo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de mayo de 2009.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis."

2.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de julio de 2009.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, el Secretario General Técnico (Orden nº 233, de 8.7.09), Claudio-Alberto Rivero Lezcano.

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