Estás en:
Por Orden de este Departamento de 21 de abril de 2009, se procedió a convocar subvenciones previstas en el Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas "InnoEmpresa" para 2009 (B.O.C. nº 78, de 24.4.09).
En la base segunda de dicha convocatoria se establecía que la financiación de estas subvenciones se hacía con cargo a la aplicación presupuestaria 10.09 612H 770.00 con proyecto de inversión 01710101, por importe de seiscientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco euros con setenta y un céntimo (664.285,71 euros) con cofinanciación de la Administración General del Estado y dentro del eje 2, tema prioritario 09 del Programa Operativo FEDER de Canarias 2007-2013, correspondiendo al FEDER el 75% de la cofinanciación aportada.
Teniendo en cuenta que se cumple con lo establecido en el segundo párrafo de la base segunda de la mencionada convocatoria.
La ampliación de dotación económica que se pretende, no afecta al régimen de concurrencia de la convocatoria de subvenciones regulada por la citada Orden de 21 de abril de 2009, y, por tanto, no se encuentra dentro de las modificaciones aludidas en el último párrafo del apartado 1 del artículo 10 del Decreto 337/1997,
R E S U E L V O:
Primero.- Ampliar la dotación económica señalada en la base segunda de la Orden de 21 de abril de 2009, en dos millones seiscientos cincuenta y tres mil setecientos doce euros con sesenta y dos céntimos (2.653.712,62 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 10.09.612H 770.00, proyecto de inversión 01710101 con cofinanciación de la Administración General del Estado y dentro del eje 2, tema prioritario 09 del Programa Operativo FEDER de Canarias 2007-2013, siendo, por tanto, la cuantía global disponible de tres millones trescientos diecisiete mil novecientos noventa y ocho euros con treinta y tres céntimos (3.317.998,33 euros).
Segundo.- La presente Orden producirá sus efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación; haciendo saber que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de julio de 2009.
EL CONSEJERO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA,
José Manuel Soria López.
© Gobierno de Canarias