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BOC Nº 150. Martes 4 de Agosto de 2009 - 3117

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

3117 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 20 de julio de 2009, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Francisco Javier Ramos Brito, del escrito de esta Agencia solicitando representación, recaído en el expediente de I.U. 245/02.

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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Francisco Javier Ramos Brito, del escrito de la Apmun solicitando representación, de fecha 29 de junio de 2009, con registros de salida número general 433495 y número apunt. 6717, en los términos fijados en el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe y para que sirva de notificación,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Francisco Javier Ramos Brito, el escrito de la Apmun solicitando representación, de fecha 29 de junio de 2009, con registros de salida número gral. 433495 y número apunt. 6717, recaído en el expediente instruido en esta Agencia, por infracción al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con referencia I.U. 245/02, y que dice textualmente:

Con fecha 19 de enero de 2009, se le remitió escrito con registro de salida 61573-543, que nos fue devuelto por Correos después de dos intentos de entrega, a continuación reiteramos el mismo, cuyo tenor literal es el siguiente:

A la vista del escrito presentado por D. Francisco Javier Ramos Brito en nombre y representación de Dña. Juana Armas Pérez, a los efectos de interponer recurso extraordinario de revisión:

Tengo a bien comunicarle que, como quiera que dicho escrito no acredita la representación en los términos exigidos en el artículo 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es por lo que se pone en su conocimiento que, hasta tanto no se verifique la representación, por cualquier medio válido en derecho, que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado, no se tendrá como efectiva la representación.

Por ello, se concede un plazo de diez (10) días, a partir de la recepción del presente escrito, al objeto de que subsane la falta de acreditación de la representación manifestada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y se le advierte que transcurrido el cual y si no se procediese a subsanar la insuficiente representación por medio de la cual actúa se le tendrán como inadmitido el recurso interpuesto.

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de julio de 2009.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

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