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Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 12.6 del Decreto 22/2009, de 3 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo, y encontrándose afectas las fianzas de modo específico a las responsabilidades derivadas de la actividad del juego, al objeto de público conocimiento se informa que por la empresa de servicios Tejebin, S.A., que tenía la gestión de la Sala de Bingo Fútbol Club Guanarteme, sito en calle Fernando Guanarteme, 42, de Las Palmas de Gran Canaria, se ha solicitado la devolución de las fianzas que se relacionan a continuación, para responder de las obligaciones económicas derivadas de la explotación del juego en la mencionada Sala, toda vez que la referida empresa de servicios, ha constituido nuevas fianzas para responder por la gestión de la Sala de Bingo en cuestión:
NÚMERO: 000268-0.
MANDAMIENTO/DOCUMENTO: 21/2001.
IMPORTE EN EUROS (PESETAS): 30.050,61 (5.000.000).
ENTIDAD AVALISTA: Caja Rural de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de julio de 2009.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández.
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